, G OIA 25 do mayo de 1998 iH entinuacidn se detallan a nivel de subpartidas aran- -&1rias: : tlbpartidas Designaci6n de la mercancia 3808.30.0 Herbicidas inhibidores de germina- 4* ci6n y reguladores del crecimiento de las plants (2-4-D Esther Isoctilico). -*EGUNDO: La empresa QUIMIMPORT viene obligada, &e conformidad a lo dispuesto en la Resoluci6n N9 45, dfctada por el que resuelve en fecha 14 de febrero de T'94, a reporter mensualmente a la Direcci6n de Estadis- kcahs, AnAlisis y Planificaci6n la informaci6n estadistica ae' las mercancias importadas que permanecen en los minacenes bajo el regimen de consignaci6n a su cargo, segin el modelo establecido en la precitada resoluci6n. DISPOSITION ESPECIAL UNICA: .Se concede un plazo de treinta dias, contados a-partir de la fecha de notificaci6n de la present reso- luci6n, para que la entidad autorizada en el apartado PRIMERO. a otorgar contrato de comisi6n, formalice su in$cripci6n en el Registro Nacional de Contratos de Co- fisn n, -adscrito a la Cdmara de Comercio de la Repd- blica de Cuba. "De no proceder a la inscripci6n en el plazo establecido ei" esta disposicion especial, se entenderA por desistido ,1l"interes de otorgar el contrato de comisi6n en cuesti6n ypor anulada la autorizaci6n por la present concedida. .!OCOMUNIQUESE la present tesoluci6n al interesado, a os- vioeministros y directors del Ministerio del Comer- cio Exterior, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Mi- nisterio del Comercio Interior, a la Aduana General de la Repfiblica, al Presidente de la Camara de Comercio de la Repdblica de Cuba, al Banco Central de Cuba, al ,anco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archives el original de la mis- W'a en la Direcci6n Juridica. ' DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Co- piercio Exterior, a 24 de abril de 1998. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUTION N9 150/98 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto'en el Acuerdo N9 2821, adoptado por el Comit6 Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Es- tado y del Gobierno en la actividad commercial exterior, y a tal efecto tiene la atribuci6n de conceder facultades para realizar operaciones de exportaci6n e importaci6n, determinando en cada caso la nomenclatura de mercan- cias que serAn objeto de dichas operaciones. POR CUANTO: Mediante Resoluci6n N9 46, de 17 de febrero de 1993, dictada por el que resuelve, fue esta- b1eeido el yeglamento para la autorizaci6n de la nomen-, clatura de clas mercancias que deban ser importadas yV eeporstadas por empresas mixtas y rpor las partiess ide. las- demAs formsas de asociaci6n econ6mica. POR CUANTO: La empresa mixta LAS DUNAS, S.A., de conformidad con lo establecido, ha solicitado autori- zacion de importaci6n de las mercancias que require para el cumnplimiento de su objeto social. FOR CUANTO: El Consejo de Direcci6n de este minis- terio, ha considerado procedente autorizar a la empresa mixta LAS DUNAS, S.A., la nomenclatura de imrporta- ci6n a que se contrae el POR CUANTO precedent. POR TANTO: En uso de las facultades que me est-n conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Autorizar a la empresa mixta LAS DU- NAS, S.A., identificada a los efectos estadisticos con el C6digo N9 412, la siguiente nomenclatura de products de importaci6n, que a nivel de subpartidas arancelarias, se indican en el anexo N9 1 que forma parte integrante de la present resoluci6n. -Nomenclatura temporal de products de importaci6n por el trrmino de tres (3) aoias, (anexo N9 1). SEGUNDO: La importaci6n de las mercancias com- prendidas en las himenclaturas, que por la present se aprueba, s6lo podrd ser ejecutada con destino a cum- plir su objeto social,' y no para su comercializaci6n con terceros. TERCERO: La importacion de mercancias sujetas a autorizaciones adicionales a la otorgada mediante la no- menclatura de importaci6n que se concede a la entidad solicitante, deberd interesarse, previamente a la ejecu- ci6n de la importaci6n, en la forma establecida para cada caso segdn proceda. CUARTO: La empresa mixta LAS DUNAIS, S.A:., al amparo de la Resoluci6n N9 200, dictada por el que re- suelve en fecha 4 de junio de 1996, podra solicitar la importaci6n eventual de products, cuya nomenclatura no se aprueba por la present. QUINTO: En virtud de lo dispuesto en la Resoluci6n N9 237, dictada por el que resuelve en fecha 3 de mayo de 1995, la empresa mixta LAS DUNAS, S.A., viene obli- gada a rendir a la Direcci6n de Estadisticas, Analisis y Planificaci6n del Ministerio del Comerci6 Exterior, la informaci6n que en la misma se establece. COMUN1QUESE la present resoluci6n al interesado, a la Aduana General de la Reptiblica, al Ministerio de Finanzas y Precios y demis organismos de la Adminis- traci6n Central del Estado, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacio- nal de Comercio. S.A., a los viceministros y directors del ministerio, al Presidente de la Camara de Comercio y a los directors de empresas. Publiquese en la Gaceta Official para general conocimiento y archives el original en la Direcci6n Juridica. DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Co- mercio Exterior, a 24 de abril de 1998. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior -------* . S RESOLUCIONI~NJ 152/98 :. POR CUANTOc Corresponde: at Ministeriadel, Comers cie~Exteribr,. en yirtud,~de lo dispuesto en el Acuerdo l9 2821, adoptado pbr el, Comite tEjecutivo del.Consejo de --GACETA -OFICIAI;~ ;r136 25 de mayo 'de '098