25 de mayo de 1098 GACETA OFICIAT 10 218000 637500 11 217000 637 500 12 217000 637800 13 215 750 637 800 14 215750 638300 15 215 500 638 300 116 215 500 637 550 17 214 650 637 550 18 214650 636200 19 213850 636200 20 213850 635500 21 213000 635500 22 213000 632500 23 212 700 632 500 24 212 700 631900 25 213000 631900 26 213000 631'630 27 215 350 631630 28 215 350 632250 29 216 250 632 250 30 216 250 631750 31 217 300 631750 32 217300 631400 33 219 550 631 400: 34 219550 630600 35 218350 630 600 36 218 350 630 300 37 217 500 630300 38 217500 629820 39 216 850 629 820 40 216850 630550 41 215050 630 550 42 215 050 630 000 43 216 250 630 000 44 216250 629230 45 213850 629230 46 213 850 630 730 47 212950 630730 48 212 950 623 650 49 214150 623 650 50 214150 623000 51 216700 623000 52 216"700 624000 53 220000 624000 54 220000 626 000 0 1 222 500 626 000 Del Area antes descrita se exclude uh sector' conce- dido a la empresa "Comandante Ren6 Ramos Latour", con una superficie de 72 hectAreas, cuya ubicacifin en coordenadas Lambert, Sistema Cuba Sur, es la siguiente: VERTICE NORTE ESTE 1 218 100 633 700 2 217 600 633 700 3 217 600 634 100 4 217 000 634 100 5 2.17 000 633 550 6 c17 350 S33 550 7 C' 1C7 350 '633300 S8; :'2.17 6O0 633 300 9 .' 217 600 633050 10 218 100 633 050 1 218100 633 700 El area ha sido debidamente compatibilizada con los intereses de la defense national y con los del medio ambiente. ARTICULO 3.-El concesionario ira devolviendo en cualquier moment al Estado por conduct de la Oficina Nacional de Recursos Minerales las Areas que no sean de su interest, y al finalizar la exploraci6n devolvera las areas no declaradas para la explotaci6n, debiendo presen- tar a dicha oficina la devoluci6n de Areas constituidas por superficies geom6tricas sencillas definidas por coor- denadas Lambert y segin los requisitos exigidos en la licencia ambiental. AdemAs, el concesionario entregara a la Oficina Nacional de Recursos Minerales todos los da- tos primaries e informes tecnicos correspondientes a las areas devueltas. La concesi6n que se otorga es aplicable al area definida como Area de la concesi6n o a la parte de esta que result de restarle las devoluciones realizadas. ARTICULO 4.-La concesi6n que se otorga tendra un tirmino de cinco afos que podra ser prorrogado en los terminos y condiciones establecidos en la "Ley de minas", previa solicitud expresa y debidamente fundamentada del concesionario. ARTICULO 5.-Durante la vigencia de la present con- cesion no se otorgara; dentro del area descrita en el articulo 2 otra concesi6n mineral que tenga por objeto los minerales autorizados al concesionario. Si se pre- sentara una solicitud de concesion minera o un permiso de reconocimiento dentro de dicha Area, para minerales distintos a los autorizados al concesionario, la Oficina Nacional de Recursos Minerales analizard la solicitud segdn los procedinientos de consult establecidos, que incluyen al concesionario, y dictaminarA acerca de la possible coexistencia de ambas actividades mineras siem- pre que no implique una afectaci6n tecnica. ni econ6mica al concesionario. ARTICULO 6.-El concesionario estA en la obligaci6n de informar trimestralmente a la Oficina Nacional de Recursos Minerales el advance de los trabajos y sus re- sultados, y al concluir entregard el informed final sobre la investigaci6n geol6gica. ARTICULO' 7.-Las informaciones y documentaci6n en- tregadas a la Oficina Nacional de Recursos Minerales que asi lo requiriesen, se mantendran con carActer confiden- cial, a solicitud expresa del concesionario, y se iran des- clasificando en la media en que dichas Areas sean de- vueltas, o en su caso, el concesionario determine no soliCitar la concesi6n de explotacidn. ARTICULO 8.-El concesionario pagarA al Estado, du- rante la subfase de prospecci6n, un canon de dos pesos por hectArea y durante la subfase de exploraci6n, un canon de cinco pesos por hectArea, por afio, para today el area de la present concesi6n, los que se abonaran por anualidades adelantadas y de acuerdo al procedimiento establecido por el Ministerio de Finanzas y Precios. -PARTICULO .9.-E-aconcesionario podr. prorizar lai eje- escio6 die loc strabajS de explorapion geologic. en part de.l4cotrlesidn anto^ de concluiri la prospeccf6n de tda el area si'epre que lo eomurique a la Oficina Naciohlal , 4439 ___