ISSN 0864-0793 GACET OFFICIAL DE LA REPUBLICAN DE CUBA EDICION ORDINARIA LA HABANA, MARTES 24 DE MARZO DE 1998 ANO XCVI SUSCRIPCION Y DISTRIBUCION: Ministerio de Justicia, Calle O No. 216 entire 23 y 25, Plaza, C6digo Postal 10400. Telef. 32-45-36 al 39 ext. 220 Nimero 15 Precio $0.10 Pagina 261 MINISTERIOS CIENCIA, TECNOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE RESOLUTION N9 5/98 POR CUANTO: For Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 21 de abril de 1994, quien resuelve fue designada Ministra de Ciencia, Tecnologia y Medio Ambiente. POR CUANTO: El Acuerdo No. 2823 adoptado por el Comit6 Ejecutivo del Consejo de Ministros el 25 de no- viembre de 1994, en su apartado segundo, numeral 1, asigna al Ministerio de Ciencia, Tecnologia y Medio Am- biente, entire otras funciones y atribuciones, la de "ela- borar y proponer el Plan Nacional de Ciencia y Tecno- logia, con la participaci6n de la comunidad cientifica y otros agents del cambio tecnol6gico, estableciendo los objetivos, prioridades, lines y programs que correspon- dan y una vez aprobados, dirigir y controlar su ejecu- ci6n". POR CUANTO: El "Plan de Ciencia e Innovaci6n Tec- nol6gica" se enmarca dentro del Sistema de Planificaci6n de la Economia Nacional y del Presupuesto de la Naci6n, precisindose, para su perfeccionamento, establecer los m6todos de elaboraci6n y control del plan para las ca- tegorias de Programas Cientifico-Tecnicos, previstos en la Resoluci6n No. 152 de 4 de julio de 1995, dictada por quien resuelve. POR TANTO: En uso de las facultades que me estdn conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Aprobar y poner en' vigor las "Normas metodol6gicas para la elaboraci6n y control de los pla- nes de ciencia e innovaci6n tecnol6gica, anuales y a median plazo" que por la present se establecen. SEGUNDO: Los planes a que se refiere el resuelvo anterior y su control, se efectuard en las categories si- guientes: -Programas nacionales, ramales y territoriales cientifico- tecnico. -Proyectos no asociados a programs. -Servicios cientifico-tecnicos. -Producciones de la Ciencia. -Otras actividades cientifico-tecnicas. TERCERO: Las personas juridicas que a continuaci6n se relacionan, seran responsables de la elaboraci6n y con- trol del plan en las categories descritas en el resuelvo segundo, en la forma siguiente: --Agencia de Ciencia y Tecnologia, sera responsible de la elaboraci6n de los programs nacionales y proyectos no asociados a programs de caricter estrategicos. -Los organismos e instituciones de los OACE seran res- ponsables de los programs ramales y proyectos no aso- ciados a programs; servicios cientifico-t6cnicos; pro- ducciones y otras actividades de la Ciencia. -Las delegaciones provinciales y del Municipio Especial Isla de la Juventud de este Ministerio, estardn respon- sabilizadas con la elaboraci6n y control de los planes correspondientes a los programs territoriales y con el plan provincial de ciencia e innovaci6n tecnol6gica. -La elaboraci6n del plan provincial por las delegaciones provinciales y del Municipio Especial Isla de la Ju- ventud de este Ministerio, se efectuard de conjunto con los organismos e instituciones que corresponda en cada territorio. CUARTO: La planificaci6n de las actividades de la ciencia e innovaci6n tecnol6gica, se realizara en dos (2) niveles: -Nacional, a cargo del Ministerio de Ciencia, Tecnologia y Medio Ambiente. --Provincial, a cargo de las delegaciones provinciales y del Municipio Especial Isla de la Juventud. QUINTO: La conformaci6n integral del Plan Nacional de Ciencia e Innovaci6n Tecnol6gica estara a cargo del Ministerio de Ciencia, Tecnologia y Medio Ambiente, en coordinaci6n con los Ministerios de Economia y Planifi- caci6n; Finanzas y Precios y los organismos globales que corresponda. SEXTO: El plan provincial lo integran todas las cate- gorias de programs, los proyectos no asociados a pro- gramas, los servicios cientifico-tecnicos, las producciones de la Ciencia y otras actividades de Ciencia, que se or- ganicen y ejecuten a nivel de cada provincia y del Mu- nicipio Especial Isla de la Juventud. SEPTIMO: La conformaci6n del plan provincial de ciencia e innovaci6n tecnol6gica, sera presentado por las delegaciones provinciales y del Municipio Especial Isla de la Juventud, para su aprobaci6n, al Ministerio de Ciencia, Tecnologia y Medio Ambiente y al gobierno pro- vincial correspondiente en cada territorio. OCTAVO: La elaboraci6n y control del plan annual y a median plazo, se realizard conforme a los procedimien- tos que se establezcan anualmente en tal sentido, por parte de este Ministerio de Ciencia, Tecnologia y Medio Ambiente.