13 de marzo de 1998 GACETA OFFICIAL para lo cual el mando del mismo o sus agents concer- tarin por radio, con antelaci6n, su recogida por la enti- dad autorizada para la prestaci6n de este servicio en los puertos de La Habana, Cienfuegos, Matanzas, Santiago de Cuba;y Nuevitas. ARTICULO) 34.--La autoridad competence, expediri certificaci6n de recepci6n de los residues oleosos a todo buque que reciba este servicio, de acuerdo al format de modelo que se describe en el ap6ndice III, aprobado por la Direcci6n de Seguridad e Inspecci6n Maritima, Ministerio del Transporte, autoridad encargada de la administraci6n y reglamentaci6n de las disposiciones del MARPOL 73/78. ARTICULO- 35.--En los puertos donde no existan ins- talaciones o servicios de recepci6n que satisfagan las ne- cesidades' operatives de los buques, se retendrA a bordo los residues, para su entrega al pr6ximo puerto de arribo, estando prohibido, en todos los casos, su descarga al mar, para asegurar la no contaminaci6n de las aguas. SECCIION SEGUNDA De las sanciones ARTICULO 36.-La descarga de desechos oleosos o de sustancias nocivas liquidas o de residues que las conten- gan, realizada desde los buques en aguas situadas en zo- nas en que la Repi6blica de Cuba ejerce jurisdicci6n, sera sancionada de acuerdo a la legislaci6n national vigente. SEGUNDO: Delegar en la Direcci6n de Seguridad e Inspecci6n Maritima del Ministerio del Transporte, la actividad de administracidn para el ejercicio de las obli- gaciones dimanantes del convenio MARPOiL 73/78, en lo relative a sus anexos I y II. TERCERO: Se faculta a la Direcci6n de Seguridad e Inspecci6n Maritima del Ministerio del Transporte para que efectie las excepciones que resulten procedentes a buques de pabell6n cubano de conformidad con el con- venio MARPOL 73/78. CUARTO: Los Distritos de Seguridad Maritima per- tenecientes a la Unidades Presupuestadas Territoriales de Seguridad e Inspecci6n Estatal del Transporte, cumplirAn lo establecido' en los anexos, coordinando sus acciones con la representacion que corresponda. QUINTO: Queda facultado expresamente el Director de Seguridad e Inspecci6n .Maritima del Ministerio del Transporte, para dictar cuantas instrucciones metodol6- gicas complementarias resulten necesarias o convenientes para el mejor cumplimiento de lo que se establece en la present Resoluci6n. ,SEXTO: Se derogan cuantas disposiciones de igual o inferior rango normativo se opongan al cumplimiento de lo que por la present se dispone, la que comenzara a regir a partir de su fecha. .SEPTIMO: Notifiquese la present Resoluci6n a los Viceministros, al Inspector General del Transporte y Di- rectores del Organismo Central, a la Uni6n Maritimo-Por- tuaria, a la Asociaci6n Portuaria ASPORT, a la Empresa de.Navegaci6n Caribe, a la Empresa Naviera Cubana Ca- ribefia Isla de la Juventud, al Grupo IT, a las Unidades Presupuestadas Territoriales de,iSeguridad e Inspecci6n Estatal del Transporte, al Registrp Cubano, de Buques,, al linisterio de Justicia, al Ministerio de la Industria pes- quera, al Ministerio de la Construcci6n, al Ministerio de Turismo, a la Marina de Guerra Revolucionaria y a cuan- tas mis personas naturales y juridicas proceda. Publiquese en la Gaceta Oficial de la Repdblica para general conocimiento. DADA en la ciudad de La Habana, a 20.de enero de Coronel Alvaro Perez Morales Ministro del Transporte Ap6ndice I REPUBLIC OF.CUBA rMinistry of Transport MVaritime Safety and Survey Division Infraeciones de las disposiciones relatives a descargas (Contravention of discharge provisions) Puerto: ........................................ D istrito m aritim e: ............................... (Port) (Maritime district) Acaecimiento: (Occurrence) N om b re d el b u q u e: ....................................... T ip o: ....................................... (Name of ship) (Type) Pabell n: ............................ .... Puerto de m atricula: ............................... (Flag) (Port of registry) Nombre del capitan u official responsible: .............................. (Master's name or officer in charge) Motivo para sospechar del buque: ......................... (Reason to suspect about the vessel) Nombre y apellidos, cargo e identidad del inspector: ................ (Name and surname, occupation and identity of inspector) Resumen de la investigaci6n y actuaci6n a bordo: (Report of investigation and actuation on board) Inspecciones al Certificado IOPP; Registro de Construc- cion y Equipo; Libro Registro de Hidrocarburos y al Dia- rio de Navegaci6n; Inspecci6n del buque; etc. (Inspections to Certificate IOPP; Logbook of Construc- tion and Equipment; Oil Record Book and Navigation Logbook; Inspection to the vessel; etc.) Declaraciones del capitin y/o jefe de mdquinas: (Statements of master and chief engineer) Ap~ndice II Declaraci6n de residues (Declaration of residues) S r .: ................................................................................................... ..................................... (Mr.) Capitan del buque: ................................ de bandera de: ........................ (Master of the ship) (Flag of) informa a la autoridades maritimas del puerto de: ............. _ ~_~