27 de-tebref0`de 1E9498 6ACETA OFICIAL DADA en Ciudad de La Habana, Mlniaterlo,,dl ,.Comer- dib Exterir, .a 27 de-enero de"1998. ',-: .. Ridardo' Cabrisas Ruiz tiriistro .. del C4mQiecio Exteridr -RESOLUCION N9:369/8 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del'Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto -en el Acuerdo N9 2821, adoptado por el Comite Ejecutivo del Consejo de Mihiistros cof fecha 28 de noviembre de 1994; dirigir, ejecitar y controlar la *aplicaci6n de la political del Es- lado y del Goblerno en cuanto a la actividad commercial exterior. POR CUAlrTO: El Decreto N9 206, de 10 de abril de 1996. "Reglamento del Registro Nacional, de 'Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", esta- blece el procedimiento para la tramitaci6n de las solici- tudes de renovaci6n de Licencias presentadas ante 'icho Registro, adscrito a la C6mara -de Camercio de la Repi- blica de Cuiba' POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de' Suoursales y Aigert4es de Sociedaes Mierdantiles Ex- tranjeras, ha elevado a la consideraci6n del que resuelve el e'xpediente incoado en virtud de la solicitud presentada por la compafia espaiola ELAZ, S.L. POR TANTO:- En uso de las facultades que me estan oonferidas, S: Resuelvo: SPRIyMERO: .Autorizar la renovaci6n de la Licencia en el legistro Nacional de Sucursales y Agentes de Socie- dades .Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Conperlio de la. Rep6blica.de Cuba, a la.compaiiia espa- 9f4a ELA, ,S.L, . SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la compafiia ELAZ, S.I.. ,e Cuba, a partir de la renovaci6n de la Li- cencia. serA la realizaci6n de actividades comerciales rela- cionadas con las mercancias que a nivel de partidas y iLibpartidas arancelarias se described en el anexo N9 1 que forma part integ-ante de la present Resoluci6n. TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la present Resoluci6n, no autoriza la realizaci6n de las actividades siguientes: -;importar y exportar directamente, con caricter co- Sercial. -Realizar el comercio mayorista y minorista en general de pr6ductos y servicios, except los servicios de post- venta y garalttia, expresamente acordados en los con- tratos que amparan las operaciones de comercio exte- ri6r. -Distribuir y transportar mercancias en el territorio nationall. CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Su- clirsalas y Agentes' de Sociedades Mercantiles Extranje- ras ,qieda ''responsabilizado con-el cumiplimiento de lo dispidesto en'la preiente Resoluci6n. -'COMUNIQUESEI'2a present Resolude6n *a los Vicemi- nistros y Directores del Ministerioadel'Comercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agen- tes.de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la CAmara de Comercio de la Repdblica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la present Resolu- ci6n al interesado; a los Directores de Empresas, al Mi- nikterio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., a la Aduana General de la Repliblica, a la Empresa para la Prestaci6n de Servicios a Extran- jeros, CUBALSE, a la compafiia ACOREC S.A., a la Di- recci6n de Inmigraci6n y Extranjeria, a ETECSA, al Re- gistro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Publiquese en la .Gaceta Oficial para general conocimiento y archives el -original de la misma en la Direcci6n Juridica. -DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Comer- cio Exterior, a 27 de enero de 1998. Ricardo Cabrisas Ruiz SMinistro del Comercio Exterior CtITUVRA RESOLUTION N9 7/98 POR CUANTO: El Comite Ejecutivo del Consejo de Ministros, en us0 de las facultades conferidas por el Deq creto-Ley N9 147 de 21 de abril de 1994, aprob6, median- te su Acuerdo N9 2838 de 28 de noviembre de 1994, coet caricter provisional, el objetivo, las funciones y atribu- clones especificas del Ministerio de Cultura cdmo Orga-. nismo encargado de dirigir, orientar, controlar y ejecutar, en el Ambito de su competencia, la aplicaci6n de la poli- tica cultural del Estado y el Gobierno, asi coio garan- tizar la defense, preservaci6n y enriquecimiento del pa- trimonio cultural de la naci6n cubana. POR CUANTO: El pIropio Comnite Ejecutivo 'del Con- sejo de Ministros en su Acuerdo N9 2817, de igual fecha, aprob6 provisidnalmente, en su apartado Tercero, punto 4, entire los deberes, atribuciones y funciones comunes de los Jefes de los organismos de la Administraci6n Cen- tral del Estado, la de dictar, en el marco de sus facul- tades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del organismo y, en su caso, para los demas organisms, los 6rganos locales del Poder Popular, las entidades es- tatales, el sector cooperative, mixto, privado y la pobla-4 ci6n. POR CUANTO: El Decreto-Ley N9 106, de 5 de agos- to de 1988 "De la Condici6n Laboral y la Comercializa- ci6n de las Obras del Creador de Artes PlAsticas y Apli- cadas", establece en su articulo 15 que la compra de las obras de los creadores artisticos para su comercializaci6n, corresponderd, de forma exclusive, a la entidad subordi- nada directamente al Ministerio de Cultura que design el que resuelve, y en el articulo 17 dispone que las enti- dades, organizaciones political, sociales y de masas y sus dependencias subordinadas, asi come cualquier otra en- tidad .intergsada Me el encargo y adquisici6n de obras artisticas, lo harAn solamente mediante la entidad auto- rizada para su comercializaci6n. FOR CUANTO:: Asimismo, el referido Decreto-Ley dis- S 20 -