GACETA OFICIAI


10 de septiembre de 1997


 DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del
Comercio Exterior, a los seis dias del mes de agosto de
mil novecientos noventa y site.
 Ricardo Cabrisas Ruiz
 Ministro del Comercio Exterior

 RESOLUCION No. 362 de 1997
 FOR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer-
oio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo
No. 2821, adoptado por el Comit6 Ejecutivo del Consejo
de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir,
ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Es-
tado y del Gobierno en cuanto a la actividad commercial
exterior.
 POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de
1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales
y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", fa-
culta al Ministro del Comercio Exterior para resolver
sobre las solicitudes de inscripci6n presentadas ante di-
cho Registro, adscrito a la CAmara de Comercio de la
Repdblica de Cuba.
 POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional
de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex-
tranjeras, en cumplimiento del articulo 16 del precitado
Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, ha elevado a
la consideraci6n del que resuelve el expediente incoado
en virtud de solicitud presentada por la companiia
espafiola UNEVAL INTERNATIONAL S.L.
 POR TANTO: En uso de las facultades que me estan
conferidas,
 Resuelvo:
 PRIMERO: Autorizar la inscripci6n de la compafiia
espaiola UNEVAL INTERNATIONAL S.L. en el Regis-
tro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades
Mercantiles Extranjeras, adscrito a la CAmara de Co-
mercio de la Repfblica de Cuba.
 SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la compaiiia
UNEVAL INTERNATIONAL S'.L. en Cuba, sera la rea-
lizaci6n de actividades comerciales relacionadas con el
product siguiente:
-valvulas industriales
 TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo
de la present Resoluci6n, no autoriza la realizaci6n de
las actividades siguientes:
-Importar y exportar directamente, con caracter co-
 mercial;
-Realizar el comercio mayorista y minorista en general
 de products y servicios, except los servicios de post-
 venta y garantia, expresamente acordados en los con-
 tratos que amparan las operaciones de comercio ex-
 terior;
-Distribuir y transportar mercancias en el territorio
 national.
 CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Su-
cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranje-
ras queda responsabilizado con el cumplimiento de lo
dispuesto en la present Resoluci6n.
 DISPOSITION ESPECIAL
 UNICA: Se concede un plazo de noventa dias, con-
tados a partir de la fecha de la present Resolucion, para


que la entidad cuya inscripci6n se autoriza en el Apar-
tado Primero formalice su inscripci6n en el Registro Na-
cional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles
Extranjeras e inicie los tramites para su establecimiento.
 El incumplimiento del plazo establecido en esta .Dis-
posici6n Especial implicara el desistimiento de la enti-
dad promovente para lo que ha sido autorizada y, con-
secuentemente, el Encargado del Registro Nacional de
Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran-
jeras procederA al archivo del expediente incoado.
 COMUNIQUESE la present Resoluci6n a los Vicemi-
nistros y Directores del Ministerio del Comercio Exterior,
al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y
Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito
a la Camara de Comercio de la Repdblica de Cuba,
quien queda responsabilizado de notificar la present
Resoluci6n al interesado; a los Directores de Empresas
y a la Oficina Comercial de la Repdblica de Cuba en
Espafia, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco
Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al
Banco Internacional de Comercio S.A., a la Aduana Ge-
neral de la Republica, a la Empresa para la Prestaci6n
de Servicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compafiia
ACOREC S.A., a la Direcci6n de Inmigraci6n y Extran-
jeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Auto-
motores y a cuantas otras entidades nacionales corres-
ponda. Publiquese en la Gaceta Oficial para general
conociriento y archives el original de la misma en la
Direcci6n Juridica.
 DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del
Comercio Exterior, a los seis dias del mes de agosto de
mil novecientos noventa y- site.
 Ricardo Eabrisas Ruiz
 Ministro del Comercio Exterior



 RESOLUCION No. 368 de 1997
 FOR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer-
cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo
No. 2821, adoptado por el Comit6 Ejecutivo del Consejo
de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir,
ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Es-
tado y del Gobierno en cuanto a la actividad commercial
exterior.
 POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de
1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales
y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", fa-
culta al Ministro del Comercio Exterior para resolver
sobre las solicitudes de inscripci6n presentadas ante di-
cho Registro, adscrito a la CAmara de Comercio de la
Repdblica de Cuba.
 FOR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional
de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex-
tranjeras, en cumplimiento del articulo 16 del precitado
Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, ha elevado a
la consideraci6n del que resuelve el expediente incoado
en virtud de solicitud presentada por la compafiia
china CORPORATION DE LA PROVINCIA JIAN XI
PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE OB-
JETOS DE ARTESANIA.