GACETA' OFICIALE 21 de agosto de 1997 protecci6n de la economic national de conformidad con los convenios internacionales suscritos por Cu- ba, al Ministerio de Comercio Exterior, Finanzas y Precios y a otros organismos que correspondan res- pectivamente. e) Estudiar y proponer a los Ministerios de Finanzas y Precios y del Comercio Exterior, oido el parecer del Banco Central de Cuba, aquellas medidas que se considered neoesarias. para la valoraci6n en Aduanas de las Mercancias. f) Estudiar y proponer a los Ministerios de Finanzas y Precios y del Comercio Exterior aquellas medi- das necesarias para la determinaci6n del origen de las mercancias. g) Estudiar, revisar y proponer al Ministerio de Fi- nanzas y Precios u otro que corresponda, medidas necesarias relacionadas con importaciones y expor- taciones sin caracter commercial. h) Estudiar propuestas y realizar recomendaciobes so- bre la political a seguir en cuanto a las franquicias arancelarias, a los Ministerios de Finanzas y Predios y de relaciones Exteriores. i) Estudiar propuestas de prohibiciones, restricciones y requisitos especiales a la importaci6n y exportaci6n de mercancias y products por razones de segu- ridad, orden ptiblico, caracter sanitario y otras, asi como hacer las recomendaciones pertinentes al Ministerio del Comercio Exterior u otro que co- rresponda. j) Elaborar y proponer otras recomendaciones sobre political arancelaria al Ministerio de Finanzas y Precios. TERCERO: Con el objeto de facilitar la realizaci6n de sus funciones, la Comisi6n Nacional Arancelaria podrd: a) Solicitar a otros 6rganos organisms y otras -enti- dades nacionales, las informaciones que estime oper- tunas, asi como establecer consultas con distintas entidades nacionales. b) Crear y organizer subcomisiones y grupos de tra- bajo que sean necesarios para el apoyo de sus fun- clones, cuando esto se requiera. Y PARA PUBLICAR en la Gaceta Oficial de la Re- pdblica y remitir copia a los miembros del Consejo de Ministrbs, y a cuantos otros sean pertinentes, se expide la present certificaci6n en el Palacio de la Revoluci6n, a los 26 dias del mes de agosto de 1997. Carlos Lage Divila MINISTERIOS COMERCIO EXTERIOR RESOLUCION No. 342 de 1997 FOR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Co- mercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuer- do No. 2821, adoptado por el Comitd Ejecutivo del Con- sejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Estado y del Gobierno en la actividad commercial ex- terior. FOR CUANTO: For la Resoluci6n -No. .07, de 25 de octubre de 1995, dictada per el que resuelve, fue esta- blecido el procedimiento para solicitar la autorizaci6n requerida para el otorgamiento de dontratos de comi- si6n para la venta de mercancias almacenadas en R- gimen de Dep6sito de Aduana. POR CUANTO: La Empresa MAQUIMPORT ha for- malitado, segtn el procedimiento establecido, solicitud de autorizaci6n para otorgar un contrato de comisi6n para la venta de mercancias almacenadas en Regimen de Dep6site de Aduana con la firma espafiola INTRACU, S.L., de las mercancias que en la propia solicitud, se detallan. POR TANTO: En uso de las facultades que me estin conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Autorizar a la Empresa MAQUIMPORT a otorgar con la firma espafola INTRACU, S.L., un contrato de comisi6n para la venta de las mercancias almacenadas en R6gimen de Dep6sito de Aduana que a nivel de subpartidas arancelarias se indican en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la present Resoluci6n. SEGUNDO: En virtud de lo dispuesto en la Resolu- ci6n No. 237, dictada por el que resuelve en fecha 3 de mayo de 1995, la Empresa MAQUIMPORT viene obliga- da, a rendir a la Direcci6n de Estadisticas, Analisis y Planificaci6n la informaci6n que en la misma se es- tablece. DISPOSICION ESPECIAL UNICA: Se concede un plazo de treinta dias, conta- dos a partir de la fecha de notificaci6n de la present Res6ludi6n, para que la entidad autorizada en el Apar- tado Prireto a otorgar contrato de comisi6n para la venta de 'mercancias almacenadas en R6gimen de Dep6- sito di Aduana, fdrmalice su inscripci6n en el Registro Nacional de Contratos de Comisi6n, adscrito a la CA- mara de Comercio de la Repdblica de Cuba. De no proceder a la inscripci6n en el plazo establecido en esta Disposici6n Especial, se entehdera por desistido el irter6s de btorgar el Contrato de Comisi6n en cuesti6n y pbr anulada la autorizaci6n por la present coricedida. COM9LNIQtUESE la present Resoluci6n al interesado, a los Viceministros y Directores del Ministerio del Co- mercio Exterior, al Ministerio de Finanzas y Precios, a la Aduana General de la Repuiblica, al Presidente de la CAmara de Comercio de la Repuiblica de Cuba, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Interna- cional, al banco Internacional de Comercio S.A. Publi- quese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archives el original de la misma en la Direcci6n Juri- dica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los veintitres dias del mes de julio de mil novecientos noventa y siete. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior 4ESOLUCION No. 343 de 9'97 POR CUANTO: Corresponde -1t Ministerio del Comier- cio Exterior, -en: virtud de- lo dispuesto en. el. Acuerd I I I I I