GACETA OFFICIAL 30 de julio de 1997 CAMERA DE COMERCIO DE LA REPUBLICAN DE CUBA RESOLUTION No. 15 de 1997 POR CUANT:6: Mediante el Decreto No. 206 de fecha 10 de Abril de 1996, fue establecido el Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socieda- des Mercantiles Extranjeras, adscripto a la CAmara de Comercio de la Repdblica de C: . POR CUANTO: Resulta necesario poner en vigor la Tarifa de Honorarios del Registro Nacional de Sucursa- les y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscripto a la CAmara de Comencio de la Repdblica de Cuba. POR TANTO: En uso de las facultades que me estin conferidas, Aiio de la Total de la Inscripci6n Inscripci6n (5 Aios) ,1997 1998 11999 2000 2001 1200.00 1900.00 2600.00 3300.00 4000.00 Page Inicial 400.00 1100.00 1800.00 2500.00 3200.00 Resuelvo: PRIMEIRO: Aprobar y poner en vigor la siguiente: TARIFA DE HONORARIOS DEL REGISTRO NATIONAL SDE SUCURSALES Y AGENTS DE SOCIEDADES MERCANTILES EXTRANJERAS en moneda libremente convertible, seg6n las tasas ofl- ciales de cambio del Banco Nacional de Cuba. -Asiento de presentaci6n USD $ 100.00 -Solicitud de renovaci6n de la licencia 50.00 -Inscripci6n de oficinas adicionales 300.00 -Otras anotaciones 50.00 -Certificaciones 20.00 -Inscripci6n Seg6n el afio de inscripci6n, se realizard un page ini- cial y cuotas anuales en las cuantias siguientes: 2do. Aflo 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 3er. Afo 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 4to. Afio 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 5to. Afio 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 --Renovaci6n de la Inscripci6n didndose come tal el transcurso de un aflo a partir de Segdn el afio de renovaci6n, se realizard un pago ini- la fecha de la inscripci6n o renovaci6n. cial y cuotas anuales en las cuantias siguientes: El incumplimiento del pago de la cuota por derecho de inscripci6n o renovaci6n en los plazos establecidos im- Afiodel Pago Total Pagonial 2do. Aio 3er. Ao plicard la cancelaci6n de la licencia correspondiente. Renovaei6n (3 Afos) SEGUNDO: La Tarifa de Honorarios a que se refiere 11997 800.00 400.00 200.00 200.00 el Resuelvo precedent entrara en vigor a partir del Iro. de Julio del present afio. 1,998 1100.00 700.00 200.00 200.00 PUBLIQUESE la present Resoluci6n en la Gaceta 11999 1400.00 1000.00 200.00 200.00 Oficial de la Repdblica para general conocimiento, y archives su original en la Direcci6n Juridica de esta 2000 1700.00 1300.00 200.00 200.00 instituci6n. 2001 2000.00 1600.00 200.00 200.00 DADA en la ciudad de La Habana, a los 10 dias del mes2001 2000de Juno de m novecients noventa y sete.0 200. mes de Junio de mil novecientos noventa y siete. Las cuotas anuales por concept de derechos de ins- cripci6n o renovaci6n de las licencias de sucursales y agents deberan pagarse en un termino no menor de 10 4lias anteriores a la fecha de su vencimiento, enten- Carlos Martinez Salsamendi President de la CAmara de Comercio de la Repdblica de Cuba