GACETA OFICIL9demyde19 Comercio Exterior, a los veinticinco dias del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete. Ricardo Cabrisas Ruiz .Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION No. 136 de 1997 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Co- mercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuer- do No. 2821, adoptado por el Comit6 Ejecutivo del Con- sejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad co- mercial exterior. POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucur- sales y Agentes de Sociedades Mereantiles Extranjeras", faculta al Ministro del Comercio Exterior para resolve sore las solicitudes de inscripci6n presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Camara de Comercio de la Re- pbilica de Cuba. POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercartiles Ex- tranjeras, en cump!limiento 'del articulo 16 del precitado Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, ha elevado a la consideraci6n del que resuelve el expediente incoado en virtud de solicited presentaida por la compafnia es- pafiola INTORD, S.A. POR TANTO: En uso de las facultades quekme estdn conferidas, Resuelvo: PRIMERO: :Autorizar .la inscripci6n de la compafiia espafiola INTORD, S.A. en el Registro Nacional de Su- cursales y Agentes de Sociedaides Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cimara de Comercio de la Repdblica de Cuba. SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la compafifia INTORD, S.A. en Cuba, serd la realizaci6n de activida- des comerciales, relacionadas con los products siguientes: -Produotos de ferreteria industrial. TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la present Resoluci6n, no autoriza la realizaci6n de las actividades siguientes: -Importar y exportar directamente, con cardcter co- mercial; -Reailizar el comercio mayorista y minorista en gene- ral de products y servicios, except los servicios de post-venta y garantia, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior; --Distribuir y transportar mercancias en el territorio national. CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Su- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras queda resiponsabilizado con el cumplimiento de 1o dispuesto en la present Resoluci6n. DISPOSICION ESPECIAL UNICA: Se concede un plazo de noventa dias, con- tados a partir de la fecha de la present Resdluci6n, para que la antidad cuya inscripci6n se autoriza en el Apartado Primero formalice su inscripoi6n en el Regis- tro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras e inicie los trdmites para su establecimiento. El incumplimiento del plazo establecido en esta Dis- posici6n Especial implicarA el desistimiento de la enti- dad promovente para lo que ha sido autorizadA y, con;- secuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras procederd al archivo del expediente incoado. COMUNIQUESE la present Resoluci6n a los Vicemi- nistros y Directores del Ministerio del Comercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursailes y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cdmara de Comercio de la Repdblica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la present Resoluci6n al interesado; a los Directores de Empresas y a la Oficina Comercial de la Repiblica de Cuba en SEspafia, all Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Nacional de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comeroio S.A., a la Aduana General de la Repdblica, a la Empresa para la Presta- *ci6n de Servicios a Extranjeros, CUBALSE, a la com- pafiia ACOREC S.A., a la Direcci6n de InmigraciCn y Extranjeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehicu- los Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Publiquese en la Gaceta Oficial para ge- neral conocimiento y archives el original de la misma en la Direoci6n Juridica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercie Exterior, a los veinticinco dias del mes de marzo de mi'l novecientos noventa y siete. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior COMUNICACIONES RESOLUTION No. 053/97 POR CUANTO: Por Acuerdo No. 2834 de 25 de no- viembre de 1994, adoptado por el Comit6 Ejecutivo del Consejo de Ministros (OECM), se faculta al Ministerio de Comunicaciones para disponer, regular y supervisor la emisi6n, distribuci6n, circu'laci6n, vigencia, valor no- minal y demis caracteristicas de las species postales. POR CUANTO: Por la Resoluci6n Ministerial No. 62 de fecha 30 de junio de 1996, que contempla la planifi- caoi6n de emisiones de sells de correos para el afio 1997, entire otras, se auteriza la confecci6n de emisiones de sellos aunque no esten consideradas en el Plan de Emisiones Postailes que por ella misma se dispone. POR CUANTO: 'El sello de correos es un vehiculo id6neo para divulgar hechos o factors naturales de impontancia, como es el "50 ANIVERSARIO DE LA ASOCIACION CUBANA DE LAS NACIONES UNIDAS", se ha aprobado una emisi6n con tal prop6sito. POR TAfNTO: En uso de las facultades que me estan conferidas, . S Rdeluue vp: PRIMERQ: Disoner. que se[iconfeceione y ponga en circulaci6n ;una einisi6n rde selios dei correes, destinada a conm'emorar el "50 ANIViERSARIO, DE LA ASOCIA- GACETA OFFICIAL 9 de mayo de 19971