24d bi e 97GCT OICIA cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranje- ras procederd al archive del' expediente incoado. COMUNIQUESE la present Resoluci6n a los Vicemi- nistros y Directores del Ministerio del Comercio Exte- rior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ads- crito a la CAmara de Comercio de la Repiblica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la present Resoluci6n al interesado; a los Directores de Empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Nacional de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco International de Comercio S.A., a la Aduana General de la Replblica, a la Empresa para la Prestaci6n de Servicios, a Extranjeros, CUBALSE, a la compafiia ACO- PEC S.A., a la Direcci6n de Inmigraci6n y Extranjeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automo- tores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conoci- miento y archives el original de la misma en la Direc- ci6n Juridica. DADA. en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los once dias del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION No. 123 de 1997 FOR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 282l1, adoptado por el Comite Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Es- tado y del Gobierno en cuanto a la actividad commercial exterior. POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", fa- culta al Ministro del Comercio Exterior para resolver sobre las solicitudes de inscripci6n presentadas ante di- cho Registro, adscrito a la Camara de Comercio de la Repdblica de Cuba. POR CUA!NTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- tranjeras, en cumplimiento del articulo 16 del precitado Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, ha elevado a la consideraci6n del que resuelve el expediente incoado en virtud de solicitud presentada por la sociedad mer- cantil cubana Representaciones Platino, S.A. para actuar eomo Agente de la Corporaci6n CRYMSA INTEENACIO- NAL, S.A. de C.V. de Mexico.. POR TANTO: En uso de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Autorizar la inscripci6n de la sociedad mercantil cubana Representaciones Platino, S.A. en' el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socieda- des Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de,la Repdblica de Cuba, para actuar como Agente de la Corporaci6n CRYMSA INTERNATIONAL, S.A. de C.V. de M6xico. SEGULNDO: La sociedad mercantil cubana Represen- taciones Platino, S.A., en su caracter de Agente en Cuba de la Corporaci6n CRYMSA INTERNATIONAL, S.A. de C.V., estard autorizado a la realizaci6n de actividades comerciales relacionadas con la promoci6n de las expor- taciones e importaciones desde y hacia C(Jba de los products que opera la mencionada Corporaci6n. TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente.Resoluci6n, no autoriza la realizaci6n de las actividades siguientes: -Importar y exportar directamente, con caricter co- mercial. -Realizar el comercio mayorista y minorista en general de products y servicios, except los servicios de post- venta y garantia, expresamente acordados en los con- tratos que amparan las operaciones de comercio exte- rior. 1 -Distribuir y transportar mercancias en el territorio national. CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Su- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranje- ras queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto en la present Resoluci6n. DISPOSICION ESPECIAL UNICA: Se concede un plazo de noventa dias, conta- dos a partir de la fecha de la present Resoluci6n, para que la entidad cuya inscripci6n se autoriza en el Apar- tado Primero formalice su inscripci6n en el Registro racional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mer- cantiles Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en esta Dis- posici6n Especial implicard el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, conse- cuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Su- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras procedera al archivo del expediente incoado. COMUNIQUESE la present Resoluci6n a los Vicemi- nistros y Directores del Ministerio del Comercio Exte- rior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Repdblica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la present Resoluci6n al interesado; a los Directores de Empresas y a la Oficina Comercial de la Rep6blic& de Cuba en Mexico, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco National de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., a la Aduana Ge- neral de la Rep6blica, a la Empresa pari la Prestaci6n de Servicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compafia ACOREC S.A., a la Direcci6n de Inmigraci6n y Extran- jeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Au- tomotores y a cuantas otras entidades nacionales corres- ponda. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archives el original de la misma en la Direcci6n Juridica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Co- mercio Exterior, a los once dias del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete. Ricardo Cabrisas Ruiz VIinistro del Comercio Exterior GACETA OFICIax, 24 de abril de 1997