2 de abrilde 1997 GAETA1OFICII dad promovente para lo que ha sido autorizalda y, con- secuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras procedera al arohivo del expediente incoado. COMUNIQUESE la present Resoluci6n a los Vicemi- nistros y Directores del Ministerio del Comercio Exte- rior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscri- to a la CAmara de Comercio de la Repdblica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la present Resoluci6n al interesado; a los Dilrectores de Empresas y a la Oficina Comercial de la Repdblica de Cuba an Canada, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco National de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., a la Aduana General de la Repfiblica, a la Empresa para la Presta- ci6n de Servicios a Extranjeros, CUBALSE, a la com- pafiia ACOREC S.A., a la Direcci6n de Inmigraci6n y Extranjeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Ve- hiculos Automotores y a cuantas otras entidades nacio- nales oorresponda. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archives el original de la mis- ma en la Direcci6n J~uridica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los cinco dias del mes de marzo de mil novecientos noventa y site. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior COMERCIO INTERIOR RESOLUTION No. 25/97 POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 del Comit6 Eje- cutivo del Consejo.de Ministros de fecha 25 de noviembre de 1994 dispone, en su Apartado Segundo, los deberes, atribuciones y funciones comunes de los Organismos de la Administraci6n Central del Estado y en su acApite 19, establece que los mismos desarrollaran el perfeccio- namiento conti.nuo de las estrurturas y formas organiza- tivas de diresci6n en las entidades subordinadas. FOR CUANTO: Entre los Objetivos Fundamentales de este Ministerio para 1996 se encontraba el referido a la Organizaci6n Administrativa y Empresarial que incluia la creaci6n del Grupo Corporativo EMSUNA, ac- ci6n que determinaba la extinci6n de las entidades Em- presa Comercializadora de Productos Nacionales (EM- SUNA) y Empresa Comercializaklora de Bienes de Con- suno y Servicios Administrativos (BICONSA) de las que asumiria todas sus atribuciones, funciones, bienes, derechos y obligaciones que hayan adquirido dichas en- tidades, asi como sus cuentas en moneda national y en divisas y las funciones de importaci6n. POR CUANTO: El Ministerio de Economia y Plani- ficaci6n, a propuesta de la que resuelve y mediante la Resoluci6n No. 377 de fecha 16 de diciembre de 1996, autoriz6 la creaci6n de la organizaci6n econ6mica es- tatal, denominada Grupo Copporativo EMSUNA, asi como .la exitinci6n de las entidades Empresa Comercializadora de Products .Nacionales (EMSUNA) y Empresa Comer- cializadora de Bienes de Consumo y Servicios Adminis- trativos (BICONSA). POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817, del Comith Ejecutivo del Consejo de Ministros, de fecha 25 de no- viembre de 1994, en su Apantado Tercero, dispone que los Jefes de los Organismos de la Administraci6n Cen- tral del Estado tienen la atribuci6n de didtar resolucio- nes de obligatorio cumplimiento para el Sistema del Ministerio, demis organismos, los 6rganos del Poder Popular, entidaldes y otros. 'POR TANTO: En uso de las facultades que me estAn conferidas, Resue'lvo: PRIMERO: Disponer la creaci6n de la organization econ6mica estatal, con personalidad juridica indepen- diente y patrimonio propio, denominada Grupo Corpo- rativo EMSUNA, subordinada a este Ministerio. SEGUNDO: Extinguir la Empresa Comerciaiizadora de Products Nacionales (EMSUNA) y la Empresa Co- mercializadora de Bienes de Consumo y Servicios Aldmi- nistrativos (BICONSA), subordinadas a este Ministerio. TERCERO: El Grupo Corlporativo EMSUNA que se crea se subroga en lugar y graldo de las empresas que se extinguen en el Apartaldo anterior y assume todas las atribuciones, funciones, bienes, derechos y obligaciones que hayan adquirido estas empresas, sus cuentas en moneda national y en divisas y sus funciones de im-n pontaci6n, asi como los demAs medios basicos, de rota- ci6n y financieros que se le asignen, que integren sU patrimonio, con el objetivo de dirigir, coordinar y con- trolar la comercializaci6n en divisas de bienes de con- sumo e intermedios que realicen las entidades que se le integran, las que aparecen relacionadas en Anexo a la present. CUARTO: .En la entidad que se crea, su direcci6n, or- ganizaci6n y funcionamiento se regiran por las Normas Generales anexas a la Resoluci6n No. 377 del Ministerio de Economia y Planificaci6n que autoriza su creaci6n y te ajustarAn a las disposiciones vigentes de los orga- nismos competentes. QUINTO: El Grupo Corporativo EMSUNA, en virtur de su personali!dad juridica, act6a con independencia de este Ministerio, por lo que el Estado Cubano no res- pondera de las obligaciones contraidas por dicha enti- dad, la que a su vez no sera responsible de las obliga- ciones contraidas por el Estado Cubano. SEXTO: Lo que dispone la present Resoluci6n en los Apartados Primero y Segundo, surte efecto a partir del primero de enero de 1997. SEPTIMO: Notifiquese la present a los Viceministros, Direotores y Jefe del Departamento Independiente del Organismo Central, al Presidente y Gerente General de las extinguidas entidades, a los directors de las empre- sas integradas al Grupo Corporativo EMSUNA y a las demAs entidades suboridinadas al Ministerio, a los Mi- nisterios de Economia y Planificaci6n, Finanzas y Pre- cios, de Trabajo y Seguridad Social, del Comercio Ex- terior, al Banco Nacional de Cuba, a la Oficina Nacio- nal de Estadisticas, a la Aduana General de la RepiA. 2 de alifil de 1997 GACICTA OFICULI