2 de abril de 1997 GAM& OFIIA7 RESOLUTION No. 74 de 1997 POR CUANTO: Corresponde al Mindisterio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comit6 Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejeoutar y controlar la aplicaci6n de la political del Es- tado y det Gobierno en cuanto a la actividad commercial exterior. POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", es- tablece el procedimiento para la tramitaci6n de las so- licitudes de renovaci6n de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la CAmara de Comercio de la Repiblica de Cuba. POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sooiedads Mercantiles Ex- tranjeras, ha elevado a la consideraci6n del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud presen- tada por la compafia panamefia PANAYSA, S.A. POR TANTO: En uso de las facultades que me estain conferidas, Resu el vo,: PRIMERO: Autorizar la renovaci6n de la Licenoia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a Ila Ca- mara de Comercio de la Repfibdca de Cuba, a 4a com- pafiia panamefia PANAYSA, S.A. 'SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la compafiia PANAYSA, S.A. en Cuba, a partir de la renovaci6n de la Licencia, serd la reallizaci6n de actividades comercia- les relacionadas con los products siguientes: -Confecciones textiles. --Calzado. -Cosmeticos. -Articulos de regalo y de aseo personal. -Lenceria. --Bisuteria. -Articulos de souvenir para el turismo. -Articullos para el hogar. -Alimnentos envasados y en conserve, except a granel y para el consume animal. --Articulos de ferreteria. -Partes y piezas para vehiculos automotores. -Juguetes. --Perfumeria. -Insumos hoteleros. TERCERO: La Licencia que se otorgue all amparo de la present Resoluci6n, no aiutoriza la reallzaci6n de las actividades siguientes: -Importar y exporter directamente, con character co- mercial; -Realizar el comercio mayorista y minorista en general de produotos y servicios, except los servicios de post- venta y garantia, expresamente acordados en los con- tratos que amparan las operaciones de comercio ex- terior; -Distribuir y transportar mercancias en el territorio national. CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantilles Extran- jeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dis- puesto en Ila present Resoluci6n. COMUNIQUESE la present Resoluci6n a los Vicemi- nistros y Directores del Ministerio del Comercio Exte- rior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercanltiles Extranjeras, adscri- to a la Camara de Comercio de (la Repiblica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la present Re- soluci6n all interesado; a los Directores de Empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Nacional de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco In- ternacional de Comercio S.A., a la Aduana General de la Repiblica, a la Empresa para la Prestaci6n de Ser- vicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compafiia ACOREC S.A., a la Direcci6n de Inmigraci6n y Extranjeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales correspond. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conoci- miento y archives el original de la misma en la Direc- ci6n Juridica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comeroio Exterior, a los catorce dias del mes-de febrero de mil novecientos noventa y siete. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUTION No. 75 de 1997 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtue de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comit6 Ejeoutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejeoutar y controlar la aplicaci6n de la political del Es- tado y del Gobierno en cuanto a la actividad commercial exterior. POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", es- tablece el procedimiento para la tramitaci6n de las so- licitules de renovaci6n de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Camara de Comercio de la Repdblica de Cuba. POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- tranjeras, ha elevado a la consideraci6n del que re- suelve el expediente incoado en virtud de la solicitud presentada por la compafiia espafiola INDUSTRIAS JA- GUAR, S.A.L. POR TANTO: En uso de las facultades que me estAn conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Autorizar la renovaci6n de la Licencia en el Registro Nacionaq de Sucursales y Agentes de So- ciedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la CAmara de Comercio de la Repiblica de Cuba, a la compafiia espafiola INDUSTRIES JAGUAR, S.A.L. SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la compafiia INDUSTRIAS JAGUAR, S.A.L. en Cuba, a partir de la