GACETA OFICIAL 2 de abril de 1997 cantiles Extranjeras e inicie los trAmites para su esta- blecimiento. El inoumplimiento del plazo establecido en esta Dis- posici6n Especial implicard el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, conse- cuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantitles Extran- jeras procedera all archivo del expediente incoado. COMUNIQUESE la present Resoiluci6n a los Vicemi- nistros y Directores del Ministerio del Comercdo Exte- rior, al Encargado del Registro Nacianal de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscri- to a la Camara de Comercio de la Repdblica de Cuba, quien queda responsabilizaldo de notificar la present Resoluci n al interesado; a los Directores de Empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Nacional de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco International de Comercio S.A., a la Aduana General de la Repdblioa, a la Empresa para la Prestaci6n de Servicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compafiia ACOREC S.A., a la Direcci6n de Inmigraci6n y Extran- jeria, a ETECSA, al Registro Nacionall de Vehiculos, Automotores y a cuantas otras entidades nacionales co- Tresporida. Publiquese en la Gaceta Oficial para ge- neral conocimiento y archives el original de la misma en la Direcci6n Juridica. DADA en la ciuldad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los catorce dias del mes de febrero de mil novecientos noventa y site. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUTION No. 73 de 1997 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- co Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, a4optado, por e ComitA Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejeoutar y controlar la aplicaci6n de la political del Es- tado y dell Gobierno en cuanto a la actividad commercial exterior. POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Suoursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", fa- culta al Ministro del Comercio Exterior para resolver so- bre las solicitudes de inscripci6ri presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cimara de Comercio de la Re- pilblica de Cuba. POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercartiles Ex- tranjeras, en cumplimiento del articulo 16 del precitado Deoreto No. 206, de 10 de abril de 1996, ha elevado a la consideraci6n del que resuelve el expediente incoado en virtud de solicitud presentada por la compafia THUN- DER CONTAINERS SHIPPING A.V.V. de Aruba. POR TANTO: En uso de las facultades que me estAn conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Autorizar la inscripci6n de la compafia THUNDER CONTAINERS SHIPPING A.V.V. de Aruba en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de So- ciedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Repdblica de Cuba. SEGUNDO: El objeto de la Sucuisal de la compafifa THUNDER CONTAINERS SHIPPING A.V.V. de Aruba en Cuba, serd la realizaci6n de actividades comerciales vinculadas a conitenedores. TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la present Resoluci6n, no autoriza la realizaci6n de las actividades siguientes: -Importar y exporter directamente, con carActer co- mercial; -Realizar el comercdo mayorista y minorista en general de produatos y servicios, except los servicios de post- venta y garantia, expresamrente acordados en los con- tratos que amparan las operaciones de comercio ex- terior; -Distribuir y transporter mercancias en el territorio naicioal. CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociledades Mercantiles Extran- jeras queda responsabilizaido con el cumplimiento de 10 dilspuesto en la present Resoluci6n. DISPOSICION ESPECIAL UNICA: Se concede un plazo de noventa dias, conta- dos a partir de la fecha de la present Resolucidn, para que la enitidad cuya inscripci6n se autoriza en el Apar- tado Primero formallice su inscripci6n en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mer- cantiles Extranjeras e inicie los tramites para su esta- bleciniento. El incumplimiento del plazo establecido en esta Dis- posici6n Especial inplicard el desistimiento de la entidad promovenite para lo que ha sido autorizada y, consae- cuentemente, el Encargado del Registro Nacioriaa de Suoursales y Agentes de Sociedades Mercantilles Extran- jeras proceder al archivo del expediente incoado. COMUNIQUESE la present Resoluci6n'a los Vicemi- nistros y Directores del Ministerio del Conercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Republica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la present Resdlu- ci6n al interesado; a los Directores de Empresas, al Mi- nisterio de Finanzas y Precios, al Banco Nacional de Cuba, al Banco Financiero Initernacional, al Banco In- ternacional de Comercio S.A., a la Aduana General de la Repdblica, a la Empresa para la Prestaci6n de Ser- vicios a Exitranjeros, CUBALSE, a la compafiia ACOREC S.A., a la Direcci6n de Inmigraci6n y Extranjeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automoto- res y a cuantas otras entidaldes nacionales corresponda. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conoci- miento y archives el original de la misma en la Direc- ci6n Juridica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los catorce dias del mes de febrero de mil novecientos noventa y siete. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior 2 de abril de 1997 GACETA OFICIALI