GACETA OFIMbAU 2 de abril de 1997 y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", esta- ihlece el procedimiento para la tramitacidn de las solici- tudes de reinscripci6n y modificaci6n de Licencias pre- sentadas ante dicho Registro, adscrito a la Camara de Comercio de la Repiblica de Cuba. POR CUANTO: El Encargado del Registro Naoional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantisles Ex- tranjeras, ha elevado a la consideraci6n del que resuel- ve el expediente incoaldo en virtud de la solicitud pre- sentalda por la comrpafiia TAKE OFF INTERNATIONAL A.G., del Principado de Liechtenstein. POR TANTO: En uso de las facultades que me estan confenildas, Ressuelvo: PRIMERO: Autorizar la reinscripci6n y modificaci6n de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agents de Sociedades Mercantilles Extranjeras, adscrito a la CAmara de Comercio de la Repdblica de Cuba, a la compafiia TAKE OFF INTERNATIONAL A.G., del Prin- cipado de Liechtenstein. SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la compafifa TAKE OFF INTERNATIONAL A.G. en Cuba, a partir de la reinscripci6n y mddificaci6n de la Licencia, sera la realizaci6n de actividades comerciales vinculadas a los siguientes produotos dentro del Sector de la Aviaci6n: -Alimentos de tddo tipo. -Bebidas alcoh6licas y no alcoh6licas. -Articullos para higiene personal e industrial. -Articullos de plBsticos, papel, carton, vajilias y dese- chables. --Grasas y aceites comestibles. -Muebles, equipos y enseres para oficina. -Tejidos, forros y mantas. -Ferreteria, herramientas, artiouflos secos. -Muebles sanitarios, griferia, anrdamios. -Gress cerAmirco, materialles y equiipos de construoci6n y colocaci6n. ---Neumticos, cAmaeras, baterias.. -Equipos especiales de aviaci6n y piezas de repuestos. -Equilpos de refrigeraci6n y climatizaci6n, parties, pie- zas, accesorios, asi como montage para redes elcctri- cas, hidrAulicas y de gas. --Partes y piezas de aviaci6n. -Estructuras mettli'cas, de carpiinteria y para aeropuer- tos. -Pinturas. -Equipos para el servicio a bordo de aeronaves trailerss, terms, hornos, desadorizantes, insecticides, auricula- res, cacerodes, tapas.de aluminio, cafeteras. TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la present Resoluci6n, no autoriza la realizaci6n de las actividades siguientes: -Importar y exporter Idirectamente, con character co- mercial; -Reallizar el comeroio mayorista y minorista en general de products y servicios, except los servicios de post- venta y garantia, expresamente acordados en los con- tratos que amparan las operaciones de comlercio ex- terior; -Distribuir y transportar mencancias en el territorio national. CUARTO: El Enrcargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Soctedaldes Mercantiles Extran- jeras queda responsablilizado del cumplimiento de lo dis- puesto en la present Resoluci6n. COMUNIQUESE la presented Resoluci6n a los Vicemi- nistros y Direotores del Ministerio ddl Comercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Republica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la present Reso- luci6n all interesado; a los Directores de Empresas, al Ministerio de Finanz&s y Precios, al Banco Nacional de Cuba, al Banco Financiero Internacionall, all Banco International de Comercio S.A., a la Aduana General de la Repbliica, a la Empresa para la Prestaci6n de Servicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compafiia ACOREC S.A., a la Direcci6n de Inmiigraci6n y Extran- jeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales co- rresponida. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archives el original de la misma en la Direccion Juridica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los seis dias del mes de febrero de mill novecientos noventa y site. Ricardo Cabrisas Ruiz Miniistro del Comercio Exterior RESOLUTION No. 68 de 1997 POR CUANTO: Conresponde al Ministerio del Co- mercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Aouer- do No. 2821, adqptado por el Comit6 Ejecutivo del Con- sejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y contrdlar la aplicaci6n de la political del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad commercial exterior. POR CUANTO: VEl Deoreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Suour- sales y Agentes de Sociedaides Mercantiles Extranjeras", faculta al Ministro del Comercio Exterior para resolver sobre las solicitudes de insoripci6n presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Camara de Comercio de la Re- pdblica de Cuba. POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedaldes Mercantiles Ex- tranjeras, en cumplimiento del articulo 16 del precitado Deoreto No. 206, de 10 de abrill de 1996, ha elevado a la consideraci6n del que resuelve el expediente incoado en virtid de solicitud presentada par la compafia francesa Societe Commerciale Des Postasses Et De L'Azote (SCPA). POR TANTO: En uso de las facultades que me estin conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Autorizar la inscripci6n de la compafia francesa Societe Commerciale Des Postasses Et De L'Azote (SCPA), en el Registro Nacional de -Sucursales i'