G C2 presario individual, se consideraran los aspects si- guientes: 'a) Que result de interns para el pais, teniendo en cuenta la nomenklatura de products que comercia- liza, la transferencia tecnol6gica, la concesi6n de creditos, solvencia econ6mica y el prestigio de la firma, entire otros. b) En el caso de que la sociedad mercantile o empresario individual sea intermediario, que sstos actien como comercializadores preferentemente asociados a pro- ductores. SEGUNDO: Las Sucursales y Agentes estan obligadas a presenter anual'mente al Registro Nacional de Sucur- sales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras una informacidn detallada sobre las operaciones comer- ciales realizadas en el territorio de la Repdblica de Cuba. TERCERO: La informaci6n a que se contrae el Apar- tado anterior se presentara mediante Certificaci6n, en original y copia, antes del 30 de marzo, respect a las operaciones realizadas durante el afio anterior, segdn el modelo que se adjunta como Anexo a la present Resoluci6n, formando parte integrante de la misma. CUARTO: En caso de solicitudes presentadas por las Sucursales interesando modificaci6n, ampliaci6n o re- novaci6n de la Licencia otorgada, 6stas deberAn acom- pafiar Certificaci6n expedida por las entidades cubanas, que prestan servicios a las mismas, en la que se acredite el estado actualizado de las relaciones de cobros y pagos existente entire ambas. QUINTO: Las Sucursales estin obligadas a consignar, en toda la documentaci6n que generen en el desarrollo de su actividad en el territorio national, el nimero y fecha de la Licenca expedida por el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Meroantiles Ex- tranjeras. DISPOSICION FINAL UNICA: Derogar las Resoluciones No. 211, 102, 25 y 366, dictadas por el que resuelve en fechas 24 de no- viembre de 1989, 21 de abril de 1992, 21 de enero de 1994 y 29 de junio de 1995, respectivamente, asi como cuantas otras disposiciones legales o reglamentarias se opongan a lo establecido por la present. COMUNIQUESE la present Resoluci6n a los Vicemi- nistros y Directores del Ministerio del Comercio Exte- rior, al Presidente de la CAmara de Comercio de la Re- pdblica de Cuba, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- tranjeras y a Jos Delegados Territoriales del Organismo, a Ids Jefes de los Organismos de la Administraci6n Cen- tral del Estado y a la Aduana General de la Repdblica. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conoci- miento y archives el original de la misma en la. Di- recci6n Juridica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los ocho dias del mes de enero de mil novecientos, noventa y siete. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior CERTIFICATION SUCURSAL PERTENECIENTE A: Representante en Cuba de la Compafiia CERTIFICO: Que las cifras reflejadas en el present Informe responded fielmente a los resultados de las operaciones realizadas con la intervenci6n de esta Sucursal en Cuba, durante el afio ....................... Y para que asi conste, se firma el present a los ...................... dias del mes de ..................................................................... de (Nombre y firma) (1) CLIENTE: Empresa Importadora cubana que compra products a la Suoursal. SUMINISTRADOR: Empresa Exportadora cubana que vende products a la Sucursal. .............................................. ............... ......................................... I................... I ................ ................. ........................ ....................................... I .........I ........... ............................... 28 de febrero de 1997 GACETA: OFICIAL;