--No. 107-96 de 25-12-96 (GOO No. 50 de 30-12-96, p. 793). Constituye la Uni6n Molinera subordinada a este Mi- nisterio de la Industria Alimenticia, con personalidad juridica independiente y patrimonio propio, la que no responded por las obligaciones del Estado, sus 6rganos y organismos centrales y locales ni estos responded por las obligaciones de la Uni6n que por la present se crea y que estara integrada, como un sistema, por las empresas que se relacionan en la present Rs. -No. 108-96 de 25-12-96 (GOO No. 50 de 30-12-96, p. 794). Constituye la Uni6n Confitera subordinada a este Mi- nisterio de la Industria Alimenticia, con personalidad juridica 'independiente y patrimonio propio, la que no responded por las obligaciones del Estado, sus 6rganos y organismos centrales y locales ni 6stos responded por las obligaciones de la Uni6n que por la present se crea y que estari integrada, como un sistema por las empresas que se relacionan en la present Rs. INDUSTRIAL PESQUERA RESQOUCIONES --No.:45696 de 30-9-96 (GOO No. 40 de 28-11-96, p. 637). Pine:en vigor la Metodologia para la Aplicaci6n de la Politica de Otorgamiento de Autorizaciones de Pes- ca en la Repuiblica de Cuba, que se anexa a esta resluci6n como parte integrante e inseparable de la riisma. --No. 457-96 de 30-9-96 (GOO No. 40 de 28-11-96, p. 641). Prohibe en todo el territorio national la capture, el desembarque y la comercializaci6n de las species con- sideradas potencialmente como t6xicas que se consignan en el Anexo de esta resoluci6n, el cual forma parte integrate e inseparable de dicho instrumento juridico. Esta prohibici6n se hace extensive a la capture y el desembarque de las species sefialadas procedentes de la pesca deportivo-recreativa. -No. 458-96 de 30-9-96 (GO No. 40 de 28-11-96, p. 643). Regula la estructura de la Comisi6n Consultiva de Pesca. --No. 459-96 de 3-10-96 (GO No. 40 de 28-11-96. p. 644). Declara como zona de bajo regimen especial de uso y protecci6n las aguas maritimas comprendidas en los tramos delimitados por las coordenadas geogrificas ci- tadas en la present resoluci6n. --No. 509-96 de 12-11-96 (GO No. 43 de 6-12-96, p. 688). Design como Autoridad Pesquera Provincial a todos los efectos legales del Art. 55 del DL No. 164 y otros que le sea aplicable para actuar al amparo del citado DL No. 164, a los directors de las oficinas provincia- les de Inspecci6n Pesquera y del Municipio Especial Isla de la Juventud todos dependientes de la Oficina Nacional de Inspecci6n Pesquera adscrita al Ministerio de la Industria Pesquera. --No. 519-96 de 19-11-96 (GOO No. 44 de 9-12-96, p. 703). Dicta normas complementarias relacionadas con la re- gulaci6n de la pesca deportivo-recreativa en las aguas maritimas, a los fines de la explotaci6n racional de los recursos acuaticos existentes en dichas aguas. -No. 521-96 de 19-11-96 (GO No. 44 de 9-12-96, p. 704). Regula para la pesca deportivo-recreativa los embalses de interns econ6mico de las aguas terrestres que se relacionan. En anexo aparece la relaci6n de embalses donde se puede practicar la pesca deportivo-recreativa. --No. 545-96 de 16-12-96 (GO No. 50 de 30-12-96, p. 794). Declara como zona bajo regimen especial de uso y protecci6n para la prActica de la pesca deportivo re- creativa en su modalidad de pesca submarine, las aguas maritimas comprendidas en los tramos delimitados por las coordenadas geogrdficas que se relacionan en la present Rs. -No. 560-96 de 24-12-96 (GOO No. 50 de 30-12-96, p. 795). Declara como zona bajo regimen especial de uso y protecci6n las aguas maritimas comprendidas en. los tramos delimitados por las coordenadas geogrAflcas que se relacionan en la present Rs. --No. 561-96 de 24-12-96 (GOO No. 51 de 31-12-96, p. 812). Prohibe en todo el territorio national la capture, el desembarque, la transportaci6n y la comercializaci6n de aquellas species acuaticas de la plataforma marina cubana, cuyas tallas minimas se encuentren por de- bajo de las consignadas en el Anexo de esta Resolu- ci6n. Esta prohibici6n se hace extensive a la capture y el desembarque del product de la pesca deportiv' recreativa. Deroga las Resoluciones Nos. MIP 135/85, 196/86, 321/86 y 925/95. --No. 562-96 de 24-12-96 (GOO No. 51 de 31-12-96, p. 815). Declara como zona bajo regimen especial de uso y protecci6n las aguas maritimas comprendidas en lee tramos delimitados por las coordenadas geogrdficas que se relacionan en la present Rs. INDUSTRIAL' SIDERO-MECANICA RESOLUCIONES -No. 204-96 de 20-11-96 (GOO No. 44 de 9-12-96, p. 705). Contentiva del Reglamento sobre la Protecci6n, y Se- guridad TWcnica de los Sistemas Informiticos. Deroga la Rs No. 3 de 4-3-1992 del INSAC. INVERSION EXTRANJERA! Y COIABORACION ECONOMIC RESOLUCIONES -No. 65-96 de 24-10-96 (GO No. 43 de 6-12-96, p. 689). Dicta el Reglamento de la Comisi6n de Zonas Francas. --No. 66-96 de 24-10-96 (GOO No. 43 de 6-12-96, p. 691). Crea el Registro Oficial de Concesionarios y Operado- res te Zoias Francas en lo adelante, el Registro para -49-