tividad Presupuestada que como anexos No. 1 y 3 se adjuntan a la present Resoluci6n, formando parte integrante de 6sta. -No. 30-96 de 30-4-96 (GOO No. 23 de 5-6-96, p. 364). Modifica el apartado Primero de la Rs No. 22 de 28-9-94 de este Ministerio. -No. 33-96 de 16-5-96 (GOO No. 23 de 5-6-96, p. 365). Modifica el apartado Quinto de la Rs No. 35 de 29-12-94 de este Ministerio. -No. 34-96 de 16-5-96 (GOO No. 25 de 20-6-96, p. 396). Dispone que las entidades estatales y las organizacio- nes y asociaciones vinculadas al Presupuesto Central, a los fines del calculo, determinaci6n y pago del Im- puesto sobre Utilidades correspondiente al afio fiscal de 1995, apliquen las tasas de amortizaci6n de medios basicos o actives fijos tangibles destinadas a la repo- sici6n, adoptadas de acuerdo a lo establecido en la Rs qNo. 10 de 25-2-91, dictada por el extinguido CEF ac- tualmente Ministerio de Finanzas y Precios. -No. 35-96 de 16-5-96 (GOO No. 25 de 20-6-96, p. 396). Adiciona al apartado Tercero de la Rs No. 24 de 30-9-94 de este Ministerio, como segundol parrafo el que se relaciona en la present Resoluci6n. ---No. 36-96 de 20-5-96 (GOO No. 25 de 20-6-96, p. 396). Establece el procedimiento para la actualizaci6n de los cr6ditos presupuestarios de los gastos corrientes de la actividad presupuestada y empresarial que se finan- cian con cargo al presupuesto central y a los presu- puestos provinciales y municipales. Deroga la Rs No. 3 de 10-2-95 de este Ministerio. -No. 37-96 de 23-5-96 (GOO No. 25 de 20-6-96, p. 400). Pone en vigor el Procedimiento para la aplicaci6n del sistema de financiamiento con la utilizaci6n de los ingresos propios, en la actividad presupuestada del Ministerio de Ciencia, Tecnologia y Medio Ambiente, que se adjunta a la present Resoluci6n como lnico Anexo, formando parte integrante de ella. INSTRUCCIONES -No. 2-96 de 24-1-96 (GOO No. 11 de 9-4-96, p. 169). Aprueba los models DJ-01 "Declaraci6n Jurada Im- puesto sobre Utilidades" y DJ-02 "Anexo a la Decla- raci6n Jurada Impuesto sobre Utilidades", con las co- rrespondientes instrucciones para su llenado que se encuentran recogidas en los Anexos No. 1 y No. 2 que acompafian esta instrucci6n formando parte inte- grante de ella. Deroga la Instrucci6n No. 11 de 5-5-1983 del extinguido CEF. -No. SNC 1-96 de 1-3-96 (GOO No. 12 de 19-4-96, p. 181). Establece que la contabilidad de una entidad, es el registro contable y oportuno de todas las transaccio- nes y hechos econ6micos que afecten su patrimonio; por lo tanto, cada entidad tiene una sola contabilidad y, por consiguiente, unsol. resultado, cuya represen- taqi6n monetaria es la moneda national. -No. 3-96 de 8-4-96 (GOO No. 20 de 30-5-96, p. 313). Establece que al objeto del pago de impuesto sobre uti- lidades, excepcionalmente, y cuando concurran circuns- tancias especiales que asi lo justifiquen, los grupos de sociedades podran tributar mediante el regimen fiscal de tributaci6n sobre el beneficio consolidado, siendo la empresa denominante tambien Ilamada matriz o cabeza de grupo, la que tendra la representaci6n del grupo de -sociedades y serd la responsible del cumplimiento de las obligaciones formales y materials que se de- riven de la aplicaci6n del regimen fiscal sobre el beneficio consolidado para el pago de este impuesto. -No. 4-96 de 11-4-96 (GOO No. 22 de 3-6-96, p. 348). Establece las normas y procedimientos que garanticen la aplicaci6n de la Rs No. 24 de 24-11-95 que regular el Impuesto sobre Ingresos Personales. -No. 28-96 de 18-4-96 (GOO No. 22 de 3-6-96, p. 353). Amplia y modifica el contenido del Anexo 3 de la L 73/94 del Sistema Tributario en relaci6n con el im- puesto sobre documents que pagaran las personas na- turales o juridicas mediante la fijaci6n de sells de timbre. -No. 31-96 de 10-5-96 (GOO No. 22 de 3-6-96, p. 354). Adiciona el apartado 33 al Anexo 3 de la L 73/94 en lo concerniente al pago del impuesto sobre documents relacionado con el ejercicio de la actividad por cuenta propia. -No. 32-96 de 15-5-96 (GOO No. 22 de 3-6-96, p. 355). Establece que las parties en asociaciones econ6micas internacionales y las empresas de capital totalmente extranjero estan obligadas al pago del valor de los derechos reales de usufructo y superficie que le sean tramitados sobre bienes de propiedad estatal. -No. 6-96 de 26-4-96 (GOO No. 23 de 5-6-96, p. 365). Contentiva del Procedimiento para el Control de la Venta de Sellos en Divisa. INDUSTRIAL ALIMENTICIA I'- RESOLUCIONES -No. 23-96 de 20-3-96 (GOO No. 14 de 2-5-96, p. 221). Crea la Empresa Carnica La Habana, con personalidad juridica independiente y patrimonio propio, la que no responded por las obligaciones del Estado, sus 6rganos y organisms centrales y locales, ni 6stos responded por las obligaciones de la Empresa que por la present se crea. SALUD PUBLIC RESOLUCIONES -No. 51 de 11-4-96 (GOO No. 21 de 31-5-96, p. 335). Crea el Centro Latinoamericano para Medicina de De- sastres (CLAMED), en el cual participaran las Unida- des e Instituciones del Sistema Nacional de la Salud, que tendra entire sus objetivos la de coordinar en un