ISSN 0864-0793 GACETA OFFICIAL DE LA REPUBLICAN DE CUBA I1- EXTRAORDINARIA LA HABANA, MARTES 24 DE DICIEMBRE DE 1996 ASO XCIV SUSCRIPCION Y DISTRIBUCION: Ministerio de Justicia, Calle O No. 216 entire 23 y 25, Plaza, C6digo Postal 10400. Telef. 32-45-36 al 39 ext. 220 Nimero 2 Precio $0.05 Paigina 299 ASAMBLEA NATIONAL DEL PODER POPULAR RICARDO ALARCON DE QUESADA, President de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la Repiblica de Cuba. HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en su sesi6n del dia 24 del mes de diciembre. de 1996, "Afo del Centenario de la ,Caida en Combate de'Antonio Maceo", correspondiente al VII Periodo Or- dinario de Sesiones de la Cuarta Legislatura, ha apro- bado lo siguiente:- POR CUANTO: En los Estados Unidos de America se ha puesto en vigor la denominada Ley "Helms-Bur- ton" que tiene como finalidad la reabsorci6n colonial de la Repdblica de Cuba. POR CUANTO: Cuba ha sufrido la political imperia- lista de Estados Unidos de America empefiada en apo- derarse de ella por diferentes vias, desde los intentos de comprar la Isla a Espafia, la aplicaci6n de la teoria del "destino manifiesto y de la fruta madura" y su re- flejo en la doctrine Monroe, tratando de impedir siste- maticamente nuestras luchas por la liberaci6n national hasta la intervenci6n de 1898 que frustr6 la independencia por la que los cubanos habian peleado a golpe de ma- chete, coraje, inteligencia y audacia, y convertir a Cuba en su colonia. POR CUANTO: VMediante la Enmienda Platt y su continuada injerencia e intervenci6n en los asuntos in- ternos del pais, Estados Unidos de America usurp6 parte del territorio national instalando la Base Naval de Guantinamo, impuso regimenes corruptos y desp6ticos a su servicio, incluyendo las oprobiosas y sangrientas ti- ranias machadista y batistiana, y desde 1959 agrede sistematicamente a Cuba con el declarado prop6sito de poner fin a su independencia, eliminar la nacionalidad cubana y someter al pueblo a la servidumbre. FOR CUANTO: El pueblo cubano, fiel portador del legado independentista de los mambises, de los obreros, campesinos, estudiantes e intelectuales que han com- batido y combatirdn las pretensiones de su enemigo secular, estd dispuesto a realizar los mayores esfuerzos y sacrificios para mantener la.soberania, la independen- cia y la libertad que definitivamente conquist6 el Pri- mero de Enero de 1959. POR CUANTO: El process de nacionalizaci6n de las ricuezas y los recursos naturales de la Naci6n, llevado a cabo por el Gobierno Revolucionario en nombre del pueblo cubano, fue realizado conforme a la Constituci6n, las leyes vigentes y el Derecho Internacional, sin dis- criminaciones, con prop6sito de beneficio pdblico; dis- poniendose las compensaciones adecuadas, las que fueron acordadas mediante negociaci6n bilateral con todos.los gobiernos involucrados, con excepcidn del de Estados Unidos de America que se neg6 a ello por su political de bloqueo y agresi6n, perjudicando gravemente con esta actuaci6n a sus nacionales. POR' CUANTO: El pueblo cubano jamds permitird que los destinos de su pais sean regidos por leyes dictadas por ninguna potencia extranjera. POR CUANTO: La Ley "Helms-Burton" ha sido re- chazada de manera casi unanime por la comunidad in- ternacional por su caricter violatorio de los principios del Derecho Internacional reconocidos en la Carta de la Organizaci6n de las Naciones Unidas, asi como por su aplicaci6n extraterritorial en contradicci6n con las nor- mas internacionales, pretendiendo dictar arbitraria e ile- galmente reglas para ser cumplidas por otros estados- POR CUANTO: Un ndmero important de empresa- rios extranjeros ha demostrado su confianza en Cuba al invertir en el pals o negociar potenciales inversiones, constituyendo un deber utilizar todas las formulas legalep posibles para contribuir a proteger sus intereses. POR CUANTO: La Asamblea Nacional del Poder Po- pular, como representante de todo el pueblo, repudia la Ley "Helms-Burton" y declara su decision irrenunciable de adoptar las medidas que estkn a su alcance como respuesta a esa legislaci6n anticubana y reclamar las indemnizaciones a que el Estado y el pueblo cubanos tienen derecho. POR TANTO: En uso de la facultad que le otorga el Articulo 75, inciso b, de la Constituci6n de la Repdblica. la Asamblea Nacional del Poder Popular ha aprobado la siguiente: