SAET OFCA 4 o iimbed 9 Resuelvo: PRIMERO: Autorizar a la Empresa QUIMIMPORT, para quoe ejecute directamente la exportaciin temporal de las mercancid que a nivel de subpartidas arnncela- rias se aidican en el Anexo No. 1 que forma parte in- tegrante de la present Resoluci6n. --Nomcnclatura -temporal, por el tirmino dp un fio, de -productos de expurtaci6n (Anexo No. 1). SEGUNDO: La Empresa QUIMIMPORT, al amparo de la ResoluciOn No. 200 de 1996, del Ministerio del Co- mrereio Exterior, podri soicitar la exportaci6n eventual de los products que requiera, cuya nomenclature no se aprueban por la present. TERCERO: En virtud de to dispixesto en la Reso'u- ci6n No. 237, dictada por el que resuelve en fecha 3 de mayn d. 1995, la Empresa QUIMIMPORT, viene obli- gada a rendir a Ia Direecl6n de Estadisticas, AnAilsis y Planifleacl6n del Ministerio de! Comercio Exterior, la informaci6n que on la misma se establere COMUNIQUESE la present Resoluci6n al interesado, a la Aduana General de la RepOb'eia. al Ministerio de Finanzas y Precios, y demis Organismos de la Adminis- traci6n Central del Estado, al Ranco Nacipnal de Cuba, al Bauro Financiero Internacional, a Banco Internacio- nal de Comercio S.A., a los Viceministras y Di-ectores del Ministerlo, al Presidente de la CAmara de Camercio y a los Directores de Empresas. Publiquese en la Ga- cota Olicial para general conocimlento y archives el original on la Direcctin Juridica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministrio del Comereio Exterior, a los treinta dias del mes de rtubre de 1996. Ricardo Cabrisa RuI Ministro del Comercia Exterior RESOIJUCION No. 399 de 19K8 FOR CUANTO: Corrcsponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comnit Ejecutivo del Conjejo de Ministras con Icsha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicacdn de la political del Estado y del Gobierno n cuanto a la actividad comer- cial exterior. POR CUANTO. El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996. "Reglamento del Registro Nadconal de Sucur- sales y Agentes de Sociedaesl Mercanttles Extranjeras", faculta al-Ministro del Comercio Exterior para resolve sobre las solicitude de inscripcion presentadas ante dicho Registro, adsrito a la Cknara de Comercio de la Re- pbblica de Cuba. POR CUANTO: I,1 Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- tranjeras, en cumplimiento del articulo 16 del precitado Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, ha elevado a ]a consideracldn del que resolve el expediente incoado on virtud de solicited presentada por la compaflia fran- cesa PACOL, S.A POR TANTO: En uso de las facultades que me esttin conferidas, Resnelvo: PRIMERO: Autorixar la insripci6n de la compafiia francesa PACOL, SA, en el Rcgiltro Nacional de Sa- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jers,. adscrito a la Cimara de Comerdco de la Repd- blica de Cuba. SEGUNDO: E: objeto de In SuLursal de la compafiia PACOL. S.A. en Cuba, sera la rcallzaci6n de activida- des comerciales relarionadas con los products siguientesr - Azfcar crudo y refino; -ProducLos alimenticilr, - Feltr6lo y sus derivados. TERCERO: La Licencia que sc otorgue al amparo de- la present Resolucicn. no autoriza la reallzaci6n de las actividades siguiente. -Importar y exportar directamcnte, con carActer co- nercial; -Realizur el comerdo mayorista y minorista en gene- ra! de products y servicios, cxcepto los servicids de post ventca y garantia, expresamente acordados en los cotlrtos que amparan las opcraciunes de .cwmercio exterior; -Distribuir y transporter mercancias en el territorio national. CUARTO! El Encargado del Registro Nacional de Su- cursales y Agentes de Socedades Mercantiles Extran- jerns qucda responsabilizado con el cumpUmiento de lo dilpuesto cn la present Resolucidi. DISPOSITION ESPECIAL UNICA: Se concede un plaza de noventa dias, Lon- tados a partir de In fecha sde la present Resolucidn, para que la entidad cuya inscripcidn so autoriza en el Apartado Frimero formalize su inscripci6n en el Registro National de Sucursales y Agentes de Sociedodes Mer- cantiles Extranjeras e inicie los trinites para su csta- bleclmiento. El incumplimipnlo del plazo establecidu en esta Dis- posici6n Especial implicarA el desistimlento de la entidad promovente para le que ha s do autorizada y, conse- cuentemente, el Encargado del Registro Nacienal de Su- cursales y Agentes de Suciedades Mercantiles Extran- jeras procederi al archive del expediente incoado. COMUNIQUESE la present Resoluci6n a los Viceml- nistrus y Directores del Ministerio del Comercio Exte- rior. al Encargado del Registro Nacional de Sucursoles y Agents de Sociedades Morcantiles Extranjeras, ads- crito a la CAmara de Comercio de la Rep6blica de Cuba, quien queda respnnsabilizado de notificar Is present Resolucif-n al interesado; a los Directores de. Empress y a a Oficina Comercial de la Repdiblica de Cuba en Republican de Francia, al Ministerio de Finanzas y Pr.- eies, al Banco Nacional de Cuba, al Banco Financiere International, a1 Banco Internacional de Comerdo SA, a la Aduana General de la Repdblica. a la Empresa para la Prestacidn de Servicios a Extranferos. CUBALSE. a la compafMa ACOREC S.A., a la Dirccldn de Ismigra- ci6n y Extranjeria, a ETECSA, al Regtro Nadconal de Vehiculos Autanotores y a cuantas otas entidades na- cionales correspond. Publiquese en la Gaceta Oficial 4 de. diciembre de 1996 GACETA OFFICIAL