2I_ deI dicimbr de 199 GAEA VC del Historiador podra autorizar dichas entregas en con- cepto de propiedad. TERCERA: La Direccidn Municipal de la Vivienda de La Habana Vieja, conociendo y resolviendo ias soli- citudes de pi-suntos derechos que le pudieran asistir, a los convivientes que cumplan con todos los requisitos a que se refieren los articulos 55, 78 y 81 de'la Ley General de la Vivienda. CUARTA: La Oficina del Historiador, de conjunto con la Direecin de Arquitectura y Urbanismo del Mu- nicipio de La Habana Vieja, establecerA el procediriento para autorizar las acciones constructivas procedentes en 3os inmuebles ubicados en la Zona. QUINTA: Los cambios de cualquier tipo en inmuebles urbanos ubicados en esta zona, que se pretendan rea- lizar por orgaiismos del Estado, organizaciones y enti- dades. requeriran de la autorizaci6n previa de la Ofi- cina del Historiador de la Ciudad de La Habana, sin perjuicio del cumplimiento de las demas regulaciones establecidas al efecto. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA: No seran de aplicaci6n en la' Zona, los beneficios establecidos en la Instrucci6n No. 1 de 4 de noviembre de 1992, del Presidente del Instituto Naconal de la Vivienda. SEGUNDA: Todas las pro;mociones que fueron radi- cadas per la Direcci6n Municipal de la Vivienda de La Habana Vieja, antes del 21 de septiembre de 1995, cul- minaranm su tramitaci6n acorde con la legislaci6n vi- gente hasta ese moment. TERCERA: En los casos de viviendas divididas, res- pecto a Jas cuales se emiti6 el correspondiente dictanen per la Direccidn Municipal de Arquitectura y Urbanismo de La Habana Vieja, antes de la fecha sefialada en el apartado anterior, a los efectos de La transmisi6n de la propiedad de una parte que constitute vivienda in- dependiente, podrin ser autorizadas las escrituras pd- bhcas correspondientes conforme at procedimiento es- tablecido DISPOSICIONES FINALES UNTCA: Se derogan cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Re- solucida Conjunta que comenzard a regir a partir de su publicaci6n en la Gaceta Oficial de la Repfblica. NOTIFIQUESE: A los Organos y Organismos de la Adr.inistraci6n Central del Estado, a las Direcciones Provinciales de la Vivienda, Planificaci6n Fisica y Ar- juitectura y Justicia y a cuantas mis personas natu- rales o juridicas correspondan, y publiquese en la Gaceta Official de la Rephblica para su general conocimiento. Dada. en La Ciudad de La Habana, a los dos dias del nres de diciembre de mil novecientos noventa y seis. Osmany Clenfuegos Gorriaran Roberto Diaz Sotolongo Ministro del Turismo Ministro de Justicia Mario Eusebio Cabello Marante lHctor Cuervo Mason6 Presidente del Instituto Presidente del National de la Vivienda Instituto de Planificaci6n Fisica Eusebio Leal Spengler Historiador de la Ciudad de La Habana 2 de diciemnbre de 1996 GACETA OFICCML