28 de noviembre de 1996 GACETA OFFICIAL Los extranjeros que reslden temporal o permanente- mente en Cuba, asi come los que viencn como turistas, deberan obtener el correspondiente permiso de pesca para poder practical la pesca deportivo-recreativa; con excepci6n de aquellos que participen en competencias o torneos internacionales de pesca organizados pot el Mi- nisterio del Turismo. Los permisos de pesca que se tramiten y abnnen pur las cntidades turisticas, serAn ntorgados pnr la Oficina. Provincial de Inspecci6n Pesquera del territorio, previon el pago de la siguiente tarifa: a) Permiso temporal de pesca (por 6 meses o menos) USDS .5.00. b) Permiso annual de pesca (por un aflo a partir de la fecha de expedici6n) USD$ 100.00. En el caso de jas entidades turisticas que poseen Am- barcaciones y hacen salidas ocasionales con turistas para practical la pesca deportivo-recreativa; se abonari una tarifa annual segin el namero de plazas de la embar- cacidn, a raz6n de USD$ 100.00 pro plaza. Los permisos de pesca para los torneos de pesca de- portivo-recreativa, deber6n tramitarse en las Oficinas Provinciales de Inspeccidn Pesquera mediante solicited'. escrita, en la cual se consignari la siguiente informaci6n: a) Limites de la zona d6nde se realizard la competencia. b) Ndmero de embarcaciones inscritas- c) Modalidad de pesca. d) Especies a capturar. (c) Pesca de investigation . La pesca de investigation se autorizara a personas naturales o juridicas, nacionales o extranjeras, traves del otorgamiento de un perm:so de pesca, el cual es de caricter temporal y para fines especiflcos. La soliritud del permiso do pesca de investigaci6n seri traintuda a travis de la Ofcina Nacional de Inspeecidn Pcsquera. y para su ntorgamiento el Ministro de la industrial Pesqueru ha delegadu en el titular de la Di- rccci6n de Regulaciones Pesqueras del referido Minis- 6. CAMBIO DE PROPIEDAD DE LAS AUTORIZACIO- NER DE PESCA Las Autorilaciones de Peica son intransferibles. A con- tinuaci6n se relacionan ]as condiciones bajo las cuules se permit el cambio de propiedad de una licencia de pesca cnmercial ya otorgada. a) La solicitud de cambin de propiedad se hard per escrito, firmadn por el Jefe de la entidad econ6mica estatul correspondienta, y deberA contener teda ta in[ormaciin que se require en el Modelo de So- 1:ciltud de licencia para barcos de pesca commercial, especificando ademAs el motive por el cual se so- licita el cambio de licrncia. b) La entidad interesada en gestionar un camb.o de propiedad de licencia, tramitard esta solicitud a tra- vys de la Oficina Provincial de Inspecci6n Pesquera, .. de su territurif. c) El cambio de propiedad de una licencia de pesec commercial de una embarcacidn a otra, solo se cfce- tuaru, por unu vez en cl period de 12 mess. d) Los trimites para la obtenci6n de la licencia no deben exceder los 15 dins naturales, a partir de La fecha de presentai6nn de la solicitud en la IOicina Provincial de Inspercind Pesquera del territorio. c) Por la obtenci6n del traspaso de propiedad de la licencia, cl solicitante abonarH 30.00 pesos en la Oficina Provincial de Inspeccrin Pesquera de so territorio. RESOLUTION No. 451/56 POR CUANTO: El Decrcto-Ley No. 67 de 1983, de- . nminaado DE ORGANIZATION DE LA ADMINISTRA- CION CENTRAL DEL ESTADO, cn su articulo 76 esta- blece que el M2nisterio de la Industria Pcsquera es el organism encargtdo de dirigir. ejecutar y controlar In aplicaci6n de la political dcl Eslado y del Gobierno en cuanto a la rama de la industrial pesquera. POR CUANTO: Es notable cl incremento on los Al- tV. timos ai'os del nfmero de casus de personas nacinnales El otorgamiento occasional de un permiso de pesca de: y extranjerus ufcctadas por species marines considera- investigaci6n. no implica ningin derccho rcspccto a so das como tixicas por el Ministerio de Salud Pdblica. renovaci6n annual. La solicitud de autorizaci6n. para la ejecuci6n de este. tipu de pesqueria, se realizard a travds del modelo- So. lictud de permiso para pesca de investgaei6n, el .cual recoge la signiente informacidn: a) Datos de identidad del solicitante. b) Nombre de la entidad solicitante. c) Direccidn de la entidad. d) Objetivo de In investigation. e) Period do tiempo necesario para la ejecucidn de la investigacidna. f) Caracteristicas de la embaeraciin a utilizar.. g) Nunbre, puerto de matricula, y nimeros de folio.y list de la embarcaci6n. h) Artes de pcsca u otrus dispositivos a utilizar para la extracci6n de muestras. etc. i) Areas d6nde operara la cmbarcatirin de pesca. POR CUANTO: El Decreto-Lcy No. 164 de 19965 deno- minado REGLAMENTO DE PESCA, en su articulo 4 establece que la Comtai6n Consultiva de Pesea cs el mAximo 6rgano consultivo del Ministerio de la Industria Pesquera en material de ordenamiento y administracidn de los recursos ucuAticos de las aguas mnaritimas y terrestres. POR CUANTO: En cl orden sanitario PstAn reguladas las especles marinas que produce u son susceptibles de producer la enfermedad conocida como "ciguatera"; par In que hasta tanto no concluyan lus investigaciones que se practican al efecto, la Comisiin Consultiva de Pesca ha recomendado continuar aplicando la Norma Cubana NC-38-04-02:87, SNSA "PESCADOS, MARISCOS Y SUS PRODUCTOS. Requisitos Sanitarios Generales". FOR CUANTO: El Decreto-Ley No. 164 en su articulo 51, incise 4, consider como infraccidn nl regimen de