25~~~ ~~ ~ ti oisbed 1S5GC_ FCA para capturar una o mas especles acuAticus cn las aguas maritimas yio terrestres del territorio nacional; con su- jeci6n a las cnndiciones consignadas en dicho documcnto. Este permiso no es permanent; el que recibe la auto- riucl6n adquiere un prvilegio de pesca limitado, mis que in "derecho" absolute. La autorzacl6n de peaes es intransferible; solo la per- sona natural a juridica a quien le ha side otorgada puede disfrntar del permiso quc dicho document con- cede. En tal sentido cualquier transferencia que se rea- lice a favor de terceras personas, so considerar Ulegal e implicari ia perdida de la autorizacin para su titular. 4. OBJETIVOS DE LAS AUTOIIZACIONFS DE PESCA Los objetivos bitscos para el otorgamiento de las au- torizaciones de pesca en la Repdblica de Cuba son: (a) Conservaci6n. --.Ayudar a la conscrvacibn de Ins recursos acua- ticos (b) V.abilidad Econ6mica. -Promover la establidad y viabilidad econ6micas de las operaciones pesqucras. (c) Distribuci6n. -Promover una distribueiin equitativa del acceso a los recursos pesqueras. (d) Desarrullo de la lota pesquera. -Promover el desarrollo ordenado de la flota pes- quera controlando el nimero, tamafio y tipo de nuevos barcos. (e) Administraci6n Pesquera. -Facilitar la colecta de dates para prop6sitos de administraci6n, control y planificacion. 5. CATEGORIZACION DE LAS AUTORIZACIONES Licencia de pesca. (a) eset eomereCal Las licenc es para la pesca commercial, segdn lo esta- blecido en el Capitulo III, articulo 16 del Reglamento de fcaa, sc emiten anuanmente y podrin ser renovablei. Las licencias para la pesca commercial se otorgaran de forma individual a las embaraciones pesqueras perec- neclentes a las entidades armadoras adscriptas at Minis- terio de la Industria Pesquera, previa solicited de la Direcci6n de dichas organizaciones econ6micas estatales. Dicho trirnite se apUcari igualmente a las embhrca- clones dedicadas a la pces- para el autoconsumo social, pertenecientcs a otras entidades estatales. Excepcionalmente y de acuerdo con el Conscju de Ad- ministraci6n Pruvincial y la Asociacion Fesquera terri- torial, podran concederse licencias de pesca comers al a particulars. En tales caso" se requcriri que el propietario de la embarcaci6n acredite el registry de esta en la Capitania de Puerto correspondiciite. La sulivitud de licencla de pesca commercial se realizara a travis del model Solieitud de Licene para Bareos de Pesa Comercial, el cual recoge la siguiclte informa- d6n: a) Datos de identidad del solicitantc. b) Nombre y domicilio social de la entidad armadora. c) Nombre. puerto de matricula, y ndmeros de fulio y lisia de registry de la embarcacidn. d) Caracteriit!cts pincipates de la Pmbarcacidn (eslo- ra. nmarig, registro bhuto, polenewi del motor). e) Dates da identid.d del CapitAn o Pairon de la em- barcacu6a. f) Tipo de p.equeria en la que participarA la embar- caci6n. g) Artes de pesca y carnada a utilizar. h) Areas do operaci6n pesquera. i) Numero y caracreristicas principles de las embar- caciones auxiliares. Los tramites para la solicitud y obtencidn de la li- cencia de pusca commercial, sB hardn a travis de la Ofi- cina Provincial de lnspecei6n Pesquera de rada terri- torio. La aprobaciA'm de las licencias para la pesca commercial, incluyendo la de autrconsunmo, es facultad del Ministro de la Industria Pesquera, qulen ha delcgado esta atri- buci6n en las Oficinas Provinciales de Inspecri6n Pes- quera de cada lerritorino subordinadas a la Oficina Na- cional cue est6 adscripta al rMerrido Ministerio. Cuando por necesidades dc la produccion se requiera cambiar a! CapitAn o Patrdn de la embarcacidn; la en- tidad aimadora emitird a favor del nuevo Capitan a Patr6n una autcrizaci6n per escrito a tales efectos. La licencia para cada una de las embarcaciones dedi- cadas a li pesca commercial, serA expcdida para los si- guicntes tipos de pacquerias y sujetas a las tarifas anua- les que se relacionan a continuacd6n: 1) Pesca de Langosta 400.00 pesos 2) Pesca de Camar6n '350.00 pesos 3) Pesca de Bonito 300.00 pesos 4) Pcsca de Fscama 250.00 pesos 5) Pesca de Almnejas 200.00 pesos 6) Pesca de Ostiones 200.00 pesos 7) Pesra de Cungrejos 200.00 pesos 8) Pcsca de Esponjas 200.00 pesos 9) Otras pesquerias 200.00 pesos Las pesquerias comerciales en embalse de ague dulce no requcriran por el momerito de la licencia de pesca. Las licencias para la pesca de autluonsumo esLarAn limitadas a ta pesca de escama y a las zone que, seglin cl Reglamento de Pesca, se de:laren como zonas abiertas de mcnor inleres econdmico-pesquero. Tudas las solicitudes de licencias para. la pesca co- mercial, deberan realizarse por las entidades armadoras entire el primero de octubre y el 10 de dicicmbre de cada afio. Fucra de este period sulo se atenderan soli- citudes de licencias correspundientes a nuevas enibarca- clones o nuevas pesquerias no, iinluidas en los planes anuales de pesra, y de form exceptional se rcalizarin cambios de propicdad de licencias ya existentes bajo las coindiciones que se describexn en el acipite 6 de esta metodologia, (b) Pesca deportlvo-recrealiva Las licencias para la pesca depqriivo-recreativa, se emiten anualmente y podran ser renovables. 28 de noviembre-.Ae 1996 GACETA OFFICIAL