A O 2 de de Es la tramitaci6n de la documentaci6n para legalizar ante la Aduana la lista de tripulantes de lin buque cada vez que se haga uno o various enrolos y/o desenrolos. 4. DESPACHO DE SALIDA DE BUQUES Es la revision de la documentaci6n que debe presentar el Capitdn del buque o su Agente, patana u otra em- barcaci6n o su agent para cumplimentar las disposicio- nes aduaneras al partir del Puerto o Embarcadero.. 5. DESPACHO MERCANTILE Es la revision que efectda la Aduana sobre las De- claraciones de Mercancias que presented los importadores. Se aplica al valor total en Aduana de las mercancias consignado en las Declaraciones de Mercancias una vez que el Departamento Tecnico Aduanal ha dado como vdlido lo declarado por el importador, o en su lugar, el valor total rectificado por la actuaci6n pericial aran- celaria. El usuario esta obligado al pago antes del LE- VANTE. A las entidades con convenio de pago diferido se po- drd admitir que se les facture y paguen con la misma periodicidad quej efectian el pago de los derechos de Aduaha. La exenci6n de pls derechos de Aduana no exime del pago de los servicios por despacho mercantil. 6. DESPACHO DE VIAJEROS Es el servicio que presta la.Aduana durante la entra- da de viajeros al pais por via area o maritima, en los lugares habilitados para ello, en relaci6n con los trd- mites para el despacho de los mismos. Esta tarifa se aplica solamente a los viajeros que, a su entrada al pais, estin obligados al pago de arancel no commercial. 7. INSPECTOR EN FUNCTION DE PUNTOS DE CONTROL ADIAiNERO TEMPORALES Se aplica al establecimiento temporal de puntos de control aduaneros en lugares no habilitados para la carga, descarga o cualquier tipo de operaci6n de naves o aero- naves, en funci6n del trdfico international y que re- quieran del control aduanero para su legitimaci6n. El cobro se le realize al operator portuario o aeroportuario ylo los representantes del transportista. Se emplea ademas, cuand6 se crean puntos de control aduanero con caricter temporal en ferias, exposiciones., events culturales, deportivos y otros que requieran de una inspeccidn sistematica de los suministros importados por tener caricter temporal. El cobro se le realize al participate o en su defect a la entidad organizadora. 8. DERECHOS POR AGENTS DE ADUANA O APODERADOS Se aplica al derecho que concede la Aduana General de la Repdblica para ejereer coino A'gentes de Aduana o Apoderados. El cobro se efectda, por el total de Agen- tes de Aduana y Apoderados acreditados, a las Agencias de Aduana o entidades por la Aduana General de la Repiblica, durante los primeros diez dias de cada mes. 9. CUSTODIA DE MLERCANCIAS BAJO TRANSIT ADUANERO Es el servicio de control que se presta durante cl trdnsito aduanero, bajo el cual son transportadas mer- cancias de una Aduana a otra del territorio national. SERVICIOS A SOLICITUD DEL USUARIO; ,10. PRECINTAJE ADUANERO Es la aplicaci6n del precintaje aduanero sobre deter- minados objetivos que solicite el usuario. Este servicio no se cobrard en el caso de que sea part del servicio de revision o reconocimiento de las mercancias. 11. DESPACIIO DE PERTENEINCIAS Es el despacho-de pertenencias a tripulantes, trabaja- dores del mar y pasajeros fuera del lugar habitual es- tablecido por la Aduana, a solicitud del Capitan del buque, embarcaci6n o. aeronave, su representante o del interesado . 12. CERTIFICADOS 0 DUPLICADOS DE DOCUMENTS Consiste en la emisi6n de certificaciones de operaciones realizadas y/o de duplicados por extravio de originales a solicitud de personas naturales o juridicas que de- muestren su interns. No estin obligados al pago de este servicio los 6rga- nos judiciales y otros estatales de investigaci6n cuando lo requieran como consecuencia de expedientes que es- ten tramitando. 13. REVISION 0 RECONOCIMIENTO DE LAS MERCANCIAS Se aplica a la revision o reconocimiento de mercancias de importdci6n o exportaci6n. en lugares de destiny u origen no habilitados por la Aduana, caso de requerir la imposici6n de precintos aduaneros, este no se cobrard. ANEXO No. 2 TARIFAS EN MLC TIPO DE SERVICIO: SERVICIOS ADUANALES. DISPOSICIONES GENERALS SERVICIOS DE OFICIO 1. DESPACHO DE ENTRADA.DE BUQUES Es la revision de la documentaci6n quq debe presentar el Capitan del buque, yate, patana u okra embarcaci6n similar para cumplimentar las disposiciones aduaneras antes de iniciar sus operaciones y/o per1manencia en el Puerto o Embarcadero. 2. DESPACHO DE ENTRADA DE AERONAVES Es 'la revision de la documentaci6n que debe presentar el Capitan de la aeronave, para cumplimentar las dis- posiciones aduaneras antes de iniciar sus operaciones y/o permanencia en el Aeropucrto. 3. MODIFICACION DE LA LIST DE TRIPULANTES Es la tramitacion de la ddcumentaci6n para legalizar ante la Aduana la lista de tripulantes de un buque cada vez que se haga uno o various enrolos y/o desenrolos. 4; DESPACHO DE SALIDA DE BUQUES. Es la revision de la documentaci6n que debe presentar el Capitin del buque, yate, patana u otra embarcaci6n o su agent para cumplimentar las disposiciones adua- neras al partir del Puerto o Embarcadero. 5. DESPACHO MERCANTILE Es la revision que efectda la Aduana sobre las De- claraciones de Mercancias que presented los importa- dores. 24 de mayo de 1995 GACETA OFIdIAL