Civil y de Pizarras, el Taller de Apyoe de4 Carpintetia No. 5 y el Taller de Mantenitiientb Fabril, perenciei.ntes. hasta ahora a la Empresa de C6nstrucci6n y Montaje de la Industria Alimenticia: del Centro'de Calderas, per- teneciente a la Empresa de Energ6tica y el Cen.tr de Mantenimiento, perteneciente a la 1Empresa de Pro- ducciones MecAnicas, ambas empress integradas tambich a la antes mencionada Uni6n de Inglenieria, contando ademAs, en su patrimonio, con los demds medios basics, de rotaci6n y financieros que se 1e asihtehi. SEtUNDO' Para la consecucioii dbe us fibes y iobje- tivos, su direcci6n, organizaci6h y funcioiamiento, se ajustan a las disposiciones legales vigentes y su estric- tura y plantilla se aprueban par el Ministerio de Trabajo y Seguridad tSocial. TERCERO: El Director de dicha Empresa, quien es su nmxima autoridad, tiene las atribuciones que se esta- blecen por la legislaci6n vigente. CUARTO: Se responsabiliza a la Viceministra de este' Or"anismo, que atiende su Area Econ6mica, para que, a pi-atir de lo dispuesto .por la present Resoluci6n, es- tablezca, en coordinaci6n con el Banco National de Cuba, los Ministerios de Economia y Planificaci6n, de Finanzas y Precios y de Trabajo y Seguridad Social, asi como con la Oficina Nacional de Estadisticas, los, procedimientos econ6micos de esta Empresa, precisando el control pri- mario, los sistemas contable, el informative y de plani- ficaci6n, su estructura y plantilla. QUINTO: La present Resoluci6n purte efectos legales a *.atir del dia primero de Abril de 1995. SMXTO: Se derogan cuantas disposiciones legales se opongan a lo que por la present Resoluci6n se esta- bleCe. SE PT IVIO:- Notifibquese a. la refetida Vicemmitsira y al Director de la Uni6n de Ihgeiierfa; comunique_- al President del Banco Nacional de Cuba, a los Mlinstr._,-., de Economia y Planifilaci6n, de Fihanzas y Precios y de Trabajo y Seguridad Social; a la Oficina Nacional de Estadisticas; a los Viceministros y Directores de este Ministerio, asi coma a cuantas otras personas naturales y juridicas sea procedente- Publiquese en la Gaceta Oficial de la Repiblica para general conocimiento. DADA en Playa a los 28 dias dcl mes de Fcbrclro de 1995. Alejandro Roca, Iglesias Ministro de la Industria Alimenticia RESOLUTION No. 21/95 POR CUANTO: El Comite Ejecutivo del Consejo de Ministros adopt, con fecha 28 de Noviembre de 1991, Acuerdo sobre los deberes, atribuciones y funciones co- munes de los organisms de la. Administraci6n Central del Estado y de sus jefes, el cual, por el Inciso 4 de su Apartado Tercero, en relaci6n con el Inciso 20 de su apartado segundo, faculta a estos para disponer, segln . el procedimiento establecido, la creaci6n, fusion, extin- ci6n o traslado de sus entidades subordinadas y de su esfera de atenci6n. POI CUANTO: Por ul Apartado Tercero de la RIesou- ci6n No. 21, de fcha 21 de Febrero de 1995, dictada por el 31!n:-,- de Econumia y Planificacoin, c autoriz6 la , extincion de la Empresa'de Proyectos de la Industria Ali- menticia, cread pir Resoluci6ri No. 255/77, de fecha 8B de Diciembre de 1977, dictada por el Ministro de la Industria Alimenticia, e integrada al Sistema de la tlni6n de Ingenieria, perteneciente a este Organismo, mediante la Resoluci6n No. 50/90, de fecha 18 de Abril de 1990, dictada potr quien resuelve. POR CUANTO: Resulta procedente disponer la extin- ci6n de la referida Empresa. POR TANTO: En uso de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Fxtinguir, a todos los efectos legales, la Empresa de Proyectos de la Industria Alimenticia, into- grada al Sistema de la Uni6n de Ingenieria, perteneciente a este Ministerio de la Industria Alimenticia. SEGUNDO: Transferir a la Uni6n de Ingenieria, to- dos los bienes y recursos de la Empresa que por la present se extingue, asi coma los derechos y obligacio- nes que 6sta haya adquirido o contraido, subrogandose la referida Uni6n, a todos los efectos legales, en lugar y grado de la Empresa de Proyectos de la Industria Alimenticia. TERCERO: Responsabilizar a la Viceministra de este Organismo. que atiende su Area Econ6mica para que, a partir de lo dispuesto por la present Resoluci6n, establezca, en coordinaci6n con el -Banco Nacional de Cuba y los Ministerios de Economia y Planificaci6n, de Finanzas y Precios y de Trabajo y Seguridad Social, la Oficina National de Estadisticas y de conformidad con la legislacin, vigente, los procedimientos econ6micos para la liquidaci6n de la Empresa que por la present se extingue. CUARTO: La presente Resoluci6n surte efectos legales a partif d*Ji dia pritnero de Marzo de 1995. QUINTO: Se derogan la Resoluci6h No. 255/77, de 28 de Diciembre de 1977 a la que se refiere el segundo por Cuanto de tsta Resoluci6n y cuantas otras disposi- ciones legales se opongan a lo establecido por la pre- sente. SEXTO: Notifiquese a la .referida Viceministra, al Director de la Uni6n de Ingenieria y al Director de la Empresa de' Proyectos de la Industria Alimenticia; co- muniquese al Presidente del Banco Nacional de Cuba, a los -Ministros de Economia y Planificaci6n, de Finanzas y de Trabajo y Seguridad Social, al Director de la Ofi- cina'Nacional de Estadisticas, a los demas Viceministros de este Ministerio, a sus Directores, asi como a cuantas otras personas naturales y juridicas sea procedente. Pubhquese en la Gaceta Oficial de la Repiblica para general conocimicnto. DADA en Playa a los 2U dias del mcs de Febrero de 1995.' Alejandro Roca Igles:as Ministro de la Industria Alimenticia JUSTICE( RESOLUTION No. 19 POR CUANTO: E1 Decreto-Ley No. 77 de 20 de encro de 1984, faculty l1 que resuelve para autorizar lu cons- titucion de socicdadcs civiles dedicadas a prestai, con cauruictr cxclusivo, servicios a personula entidudes ex- I 1. 27a;iTe jIrkb VF3 flft P~IMO ~S1E~CIE