CACVTA AFWCTATC: IiACIFT OFICTAL 23 de enero de 1995 los programs y actividades especificas 'que se requieren, para el, cuimplimiento de los planes, que al efecto se aprueben, en los dltereinte niveles de, direcci6n de la divisi6rin :.l- ic.,--.id n['niistiit: a del pais. FOR CUANTO: La Cu,--t,.i.tir.n de' 1a Rep'blica en' su Articulo '98,.inciso fi) establece coino atribuci6n .del Consejo de IMinistros la .de crear las comisiones que estimer necei-arias para facilitar el cuirn-llimkinto de-las tareas que le estan asignadas. Asimismo, el Decreto- Ley No. 6.7, del 1,9 de abril de 1983, de Organizaci6n de la Admini.tracin Central del Estado le atribuye a dicho .Organo en su Articulo 11, inciso d) la facultad fde crear comisiones intereoganismos para' la realizaci6n de acti- vidades "que f:ciliten -el cumplimiento de areas que le estin encomendadas. POR 'TANTO: En uso de las atribuciones que le estan eonferidas el Comit6 EjecutiVe del Consejo de Ministros decreta -o siguiente: SOBRE LAS COMISIONES DEL' PLAN TURQUINO-MANATI - ARTICULO 1.-Se crea la Comisi6n Nacional del Plan -Turquino-Mahati como Comisi6n interorganismos su- i,:r.:niid.< al Comite Ejecutivo del Consejo de Ministros,; con.la integraciin siguiente: Presidente. El..Ministro de A~ Agricultura. Vicepresidente: El Ministro de Ciencia, Tecnologia y Medio Ambiente. El Primer Sustituto del Ministro de las FAIR; 'Jefe del Ei\LG.' El Viceministro Primero del \[iiit:i'o del ritti 'ior. Otros miembros pc Imaie-,tCe El lfinistro de Finanzas y Precios. El Ministro de Economia y Planificaci6n. El Vicerministro cde la Agricultura para la atenci6h del Plan T'i-i'q.n j-ii:n,'~t .el cual fungira corho Secretario de 14 Conkisi6n. El Pc.:idnt- de-esta C',_misil.n pod-r. convocar a par- ticipar en el cumpli.iento de' las areas ,que sean' ne- ci -aji ia, a los jefes de orgAnismos de la Admipistraci6n C,:nti'al del Estado .y los presidentes de* los Conise.i:o de la Administraci6n de lasr Asambleas Provindiales del Poder Popular. Asimismo, invitar a ..participar en sus actividades r reun'iones segdn los asuntos a tratar, a los representantes de las organizaciones political, de masas y sociales. ARTICULO 2.-- ComisiBn Nacional del Plan Tur- quino-MVIanati, tendrA cqmo, 'bict -..., :'-a..' i;-: los si- guientes: 1. r- il'i.i,' y elaborar sus .:oriid- ci.,nre- sobre' las propuestas de los orgpnismos de la Administraci6n, Cen- tral del Estado acerci 'dri la poltlica de cada region n:ri:n air:i N y sus e.-qi.nml.._ .de desarrollo; teniendo en cuenta su caracterizacion como area protegida de uso multiple. Una v'ez aprobados, controlar su cumplimiento. 2. Estimular la producci6n cafetalera, cacaotera, fores- .tal y frutales, asi. coma la produccidn y servicios aso- ciados a la econpmia de las regions montafiosas. 3. Ci..int lb,.[ am mejoramiento y ioantenimiento' sis- temdtico de las condiciones sociales y de vida de la poblaci6n en estos territories para asegurar su permna- nencia. . 4. Propiciar el desarrollo e introducci6n de las-acti- vidades cidntificas y te6nicas para asegurar el desarrollo sostenido de estas regiones., 5. Supervisar los trabajos que garariticen el desarollo sostenible y la:protecci6nde los ecosistenms as' ,;eeao; las actividades de reforestaci6n en estas regionss.' S6. Contribuir a acentuar las tradiciones patrilico- militares y. culturales en los pobladores de estas re- giones. 7. Apoyar las tareas de-la defensa y el orden interior en inters "de sa3l'guiidalr las conquistas de -la 4gvo- luci6n en las regions montafiosas. 8. Integrar los esfuerzos de to4o. 19,s organisimn, de la An.-lni.-t:iC:un Central del Estado, Orga.uos IOcales del. Poder :Popular, organizaciones sociales, deit mas*s. . entidades econ6micas, clntilicas 'y educacionales, entire qtras, en, interest de siL-gUrai 'los objetips'pr49p esUtS., ARTICULO 3--Se crearan cominiornei a ni\el- d~ pr- vincia y nvi.irnipit ti- ierido en cuerta las i aracte.rstici. de los territofrios, las cuales '`1lizarrn lIa actl\idades del Plan Turquino-M1anati o Plan Manati, ete -ultimo para los t~ii ltor ioS no mointanoios Dichas comisiones, segun su ambito 4e coamPet igi, controlardn. el. cumplimiento :de las political, programs y acu.erdos api obadi por el Gobierno y la Comision Nacional respect a estos planes. En el' caso de las regions montaiiosas compatibili- zaran los objetivos particulares de cada territorio con los generals a alcanzar en .las mismas. . ARTICULO 4.--Lap comisiones provinciales y munici- pales estarFn -presididas por los pre~dentes de los Con- sejos de Administraci6n de las Aaamblets del Pqder. Popular y vicepresididas por. ls desigRa4lo o por. el Mi- nistro de la Agricultura a et6Os nivetes. En las provincial con regions montafiosas .$s. comi - siones a, este iivel contaran pon otro vicepresidente designado por el _Miiristo. de Clencia, Tecnologia y Medio Ambiente. IntegrarAn. estas comisiones adeims, los- epresentantes de las actividades yinculadas a este plan, asimismp, el president de la comisi6n. podrd invitar a los represen- tantes de las oc;r:,ri.aclone political, de masas y socia- les, .para que participen en sus actividades y reunioees. A.RT ICULO 5.-La Comision Nacional del Plan Tur- quino-Manati y las .omsri-jnes que se crean -a los dife- rentes'niveles, p.odran organizer de marnera nd profesio- nal y con carActer -temporal, grupos de trabajo para la atenciin direct de actividades especificss, tales como: de construcciones, transport, comunicaciones, microin- dustrializaci6n, program alimentario, educaci6n, depor- tes,. cultural, ciencia, tecnologia y nledio rambiente, saiud y otras.' La yitirjciLn y los representantes dp esos grupos seran coordinados con los diferentes organisms de la Administraci6n 'Central del Estado y los Consejos de la Administraci6n de. lo Organos Locales del Poder Popular, segin correspopnd. .,ARTICULO 6.-Losa .::.',~. y proye.t s. de inversidnes y de estudibs e investigqwiones cien ificas Para. el de- -arrollo de las r'.:.i o.... 't.iljv-s en las li itim del