S- -18 jero para que entregue la cantidad que debe prestarse sobre ]a prenda descrita en la boleta si no hubiere in- Scon veniente para efectuar el pr4stamo; habiendolo, el Gerente dari orden para que se devuelva la prenda, re- cogiendo la boleta del Tasador. Articulo 32.-Firmado por el Gerente y el Cajero so entregarf al empefiante el talSn en que se exprese el nombre del portador de la prenda empeflada, el n6me- Sro y marea de la prenda, la cantidad prestada, el ridi- to que debe pagar y el vencimiento del pr6stamo. Articulo 33.-Vencido el plaz6 para pagar el pr6sta- mo, el interesado podrk renovar el empeflo por otros tres meses, pagando el r4dito devengado, y siempre que la prefda est6 en buen estado y no haya peligro I- de deterioro. La renovacion del pr6stamo debe hacer- se dentro de los diez dias siguientes al vencimiento. Articulo 34.-Las prendas que no fueren retiradas ni renovadas en tiempo serAn vendidas en remate pd- blico para cubrir el capital, r4dito y gastos. Articulo 35.-La Junta Directiva determinart los casos en que pueda darse una cantidad prestada por Sms de tres meses. SECCION VI. De los remates. Articulo 36.-HabrA remate de prendas el dfa quin- ce de cada mes de las doce del dia A las dos de la tar- de, en una sala destinada al efecto en el edificio del , Monte de Piedad. Si el dia quince del mes fuere fes- tivo, se transferirA el remate para el primer dia hibil que hubiere. Articulo 37.-Con tres dfas de anticipaci6n por lo I1 menos, se fijardn carteles en las puertas del edificio,