12 Articulo 10.-El Gerente sera nombrado por el Go- bierno a propuesta dce la Junta; es el Jefe inmediato . del establecimniento y sus atribuciones y deberes son los siguientes: 1? Velar para que los empleados cumplan con sus respectivos deberes. 2? Autorizar con su firm las ordenes pars que el Cajero entregue las cantidades que preste el Monte fide Pied ad. 3? Resolver sobre la cantidad que deba darse en pr6stamo sobre prendas ya tasadas en caso de duda del Tasador. 4? Practicar cada sabado el corte de caja A presen- cia de la Comisi6n de la Junta Directiva. 5? Firmer los estados de caja y de almac6n que de- be presentar A la Junta Directiva el dia dos de cada mes. 6? Rectificar cada vez quo lo exija el Director de turn, el inventario de los almacenes de la casa. 7? Practicar diariamente en uni6n del Cajero el carte de caja; y con el Guarda-alrnac6n verificara las prendas recibidas durante el dia anterior. 8? Rendir en uni6n del Cajero en los primeros quin- ce dias do enero, la cuenta del establocimiento corres- pondiente al ailo, anterior, ante, el Tribunal de Cuen- tast 9? Responder en uni6n del Cajero de las faltas quo habiere en la caja del establecimiento. 10. Proponer A la Junta Directiva la remoci6n do los empleados que no cumplan con sus deberes y reco- mendar a6 los que se distingan por su colo y actividad. 11. Firmar los documents que expida el estable- cimiento por dep6sito de dinero y de prendas. B^^^M i~aiaf^..-. 4%^