iat ae A NN a SR 30 5 Oficial, edici6n extraordinaria No. 212 de 23 de Septiembre de 1935, que dice asi: : Mas de $ _ od hasta §$ 50.00 $ 0.05 “ os 50.00 a 100.00 0.10 cs :; 100.00 ie 500.00 0.20 os 3 500.00 es 3.000.00 0.50 i 6 3.000.00 5 . 6.000.00 1.00 is aa 6.000.00 mi 10.000.00. 3.00 ° so 10.000.00 = 20.000.00 5.00 oe Gs 20.000.00 , 50.000.00 10.00 io * 50.000.00 oo Sy eee 50.00 Atentamente, Alejandro Fernandez, Jefe del Negociado del Registro Pecuario y Marcas de Ganado. Habana, Diciembre 1° de 1937. Sr Alcatde cel Barrio de ..:..ccc...cucno ee a, & Aacaide Maiicipal cit ee Prov. rt Gl Sosa ee Senor: Para su mas exacto cumplimiento se dispone lo siguiente: °__LLos Pases de Transito que se expiden para el consumo en cualquier Registro Pecuario no deben presentarse para su asiento en el Registro Pecuario donde radique el Matadero en que se van a Sacri- ficar las reses qu ampara; ahora bien, si todas no se sacrifican en el dia, procede que por el Delegado del Municipio, que en todos los mataderos o depésitos para el consumo debe existir, se exija la inscripcion por sus duenios en el Registro Pecuario de las no sa- crificadas y proveerle, al dia siguiente, o cuando va- yan a sacrificarse, de un nuevo Pase para el Rastro. (Articulo 13, Orden 353 de 1900). 2°—-Teniendo en cuenta las quejas que constan- temente se reciben sobre el hecho de que se esta co- brando cantidades por reinscribir ganado, se hace sa- ber, que esto es absolutamente gratuito, a menos que