3 es & e3 i SECRETARIA DE AGRICULTURA DIRECCION DE INDUSTRIA REGISTRO PECUARIO RECOPILACION de todas las Disposiciones vigentes para el Servicio del Registro Pecuario. | DISPOSICIONES GENERALES 3 (Articulo 1° Orden 353 de 1900). AARTICULO 1°—Los Alcaldes de Barrio,—y en el punto donde no los hubiere, las autoridades que la Corporacién Municipal encargue de ese trabajo,—lle- varan un libro en que haran constar las altas y las bajas del ganado vacuno, caballar, mular y asnal que ocurrieren dentro del barrio, conforme a las ins- trucciones que en dicho libro se dardan. (Articulo 16 de la Orden 353, 243 y 253, Ley del Poder Ejecutivo). ARTICULO 2°—Los libros, certificados, pases y re- simenes mensuales de que se habla en la presente seran remitidos por la Secretaria de Agricultura, a las Auto- tidades que hayan de utilizarlos. (Articulo. 2° de la. Instrucci6n de Teed. adaptado). ARTICULO 3°—La documentacién que expresa el ‘articulo anterior estara sellada por la expresada_Secre- taria y certificados sus folios, expresandose el objeto a que se destina y Municipio que haya de utilizarla. (Articulo 19 de la Orden 353). ARTICULO 4°—La palabra ganado empleada en este folleto se refiere al ganado vacuno, caballar, mu- lar y asnal.