El peligro para Cuba consistia en que si se derogaba, suspendia o extingufa dicha Ley de Cuotas, se ponia en vigor para nuestros azicares los derechos normales, con la bonificaci6n para Cuba, o sea, neto $1.50, en vez de la susodicha tarifa especial de $0.90 las cien libras. Es cierto que en el convenio de 18 de diciembre de 1939 se di6 un paso de avance al hacer depender la tarifa especial concedida a Cuba de $0.90 las cien libras de la vigencia de limitaciones a nuestro azi~car a su importaci6n en Norteam6rica en un sentido general y no solamente de la vigencia de la Ley Costigan-Jones; pero no era la ambici6n de nuestras clases econ6micas. En cambio, el Tratado Suplementario que acaba de celebrarse si colina esa ambici6n, por cuanto elimina la posibilidad de la derogaci6n o suspension de la Ley de Cuotas, como pas6 en septiembre de 1939 cuando el President Roosevelt suspendi6 el sistema de cuotas de abastecimiento de aziicar a aquel mercado. Pecariamos de injustos si no sealisemos que el hecho de haberse admitido el principio de tarifas de aduana reducidas y estabilizadas para nuestro azficar en los Estados Unidos de America, sin estar sometidas a la vigencia de limitaciones sobre las importaciones de ese producto en dicho pais, constituye un verdadero triunfo para la Cancilleria cubana y tiene una gran significaci6n para el futuro econ6mico de nuestra patria. Ahora bien, no debemos hacernos demasiadas ilusiones y creer, como algunos piensan, que nuestro porvenir es de color de rosa como consecuencia de este Tratado Suplementario. Ante todo, es muy possible que el Gobierno Americano haya accedido a la celebraci6n de este Tratado, en parte como compensaci6n por el sacrificio que representa para Cuba vender su az-dcar a un precio "tope" (como dicen nuestros vecinos del Norte) de 2.65 centavos la libra, libre a bordo, en la pr6xima zafra de 1942; en parte, tambi6n, porque dadas las circunstancias prevalecientes no funciona en la pr~ctica el sistema de cuotas, debido a la interrupci6n de los embarques de aziicar de las Filipinas y de Hawaii, lo cual hace menos vivo el temor de que nuestros azilcares invadan el territorio americano y establezcan una competencia ruinosa con el azilcar de producci6n dom6stica; y fiinalmente, porque habi6ndose fijado ese precio tope de 2.65 centavos la libra, libre a bordo, el pequefio diferencial de $0.90 a $0.75 las cien libras, consagrado en dicho Convenio, no influir para nada, mientras dure la guerra actual, en estimular una mayor exportaci6n de aziicar cubano a los Estados Unidos, ni tampoco en rendir una mayor utilidad a nuestros fabricantes, ya que los mercados Norteamericanos e Ingl6s necesitan todo el azcar que nuestra patria pueda producir para Ilenar el vacio de los abastos do Filipinas y Hawaii. En consecuencia, nuestros productores no se beneficiar6in por ahora en esos 15 puntos del diferencial; pero los consumidores norteamericanos si lo sercn ya que podran adquirir el aziicar refino para su consume a un precio inferior. ..