93 El Letrado Consultor devengar un sueldo de tres mil pe sos ($3,000.00), por lo menos. Ingenieros de primera clase: los que devenguen un sueldo de tres mil pesos ($3.000.00), ms, sin llegar tres mil seis cientos. Ingenieros de segunda clase: los que devenguen un sueldo de dos mil cuatrocientos pesos ($2,400.00), ms, sin llegar tres mil. Ingenieros de tercera clase: los que devenguen un sueldo de dos mil pesos (2,000.00), ms, sin llegar dos mil cua trocientos. Ingenieros auxiliares de primera clase; los que devenguen un sueldo de mil ochocientos pesos ($1,800) ms, sin llegar dos mil. Ingenieros auxiliares de segunda clase: los que devenguen un sueldo de mil seiscientos pesos ($1,600), ms, sin llegar mil ochocientos. Ingenieros auxiliares de tercera clase: los que devenguen un sueldo de mil cuatrocientos pesos ($1,400) ms, sin llegar mil seiscientos. Ingenieros auxiliares de cuarta clase: los que devenguen un sueldo de mil doscientos pesos ($1,200), ms, sin llegar mil cuatrocientos. Sobrestantes de primera clase: los que devenguen un sueldo de mil pesos ($1,000), ms, sin llegar mil doscientos. Sobrestantes de segunda clase: los que devenguen un sueldo de novecientos pesos ($900), ms, sin llegar mil. Sobrestantes de tercera clase: los que devenguen un sueldo de setecientos cincuenta pesos ($750) ms, sin llegar nove cientos. Maestros mecnicos, con el sueldo de mil ochocientos pesos ($1,800), ms. Mecnicos de primera clase: con el sueldo de mil seiscientos peso ($1,600), ms, sin llegar mil ochocientos. Mecnicos de segunda clase: con el sueldo de mil doscien tos pesos ($1,200), ms, sin llegar mil seiscientos. Mecnicos de tercera clase: con el sueldo de mil pesos ($1,000), ms, sin llegar mil doscientos. Delineantes de primera clase: los que devenguen un sueldo de mil doscientos pesos ($1,200), ms. Delineantes de segunda clase: los que devenguen un suel do de novecientos pesos ($900), ms, sin llegar mil dos cientos. Artesanos, clase (a) : los que devenguen un sueldo de ocho cientos pesos ($800), ms, sin llegar novecientos. Artesanos, clase (b) : los que devenguen un sueldo de se tecientos veinte pesos ($720), ms, sin llegar ochocientos. Artesanos, clase (c) : los que devenguen un sueldo de seis cientos pesos ($600), ms, sin llegar setecientos veinte.