45 Clase Segunda: Los con sueldo no menores de mil doscientos y me nores de mil cuatrocientos pesos, anuales; Clase Tercera: Los con sueldo no menores de mil cuatrocientos y me nores de mil seiscientos pesos, anuales; Clase Cuarta: Los con sueldo no menores de mil seiscientos y menores de mil ochocientos pesos, anuales; Clase Quinta: Los con sueldo no menores de mil ochocientos y menores de dos mil pesos1, anuales; Clase Sexta: Los que se retribuyen con dos mil pesos anuales, en adelante; Clase 1 A? : Los con sueldo no menores de ochocientos cuarenta y me nores de mil pesos, anuales; Clase B: Los con sueldo no menores de setecientos veinte y meno res de ochocientos cuarenta pesos, anuales; Clase 11C 77: Los con sueldo no menores de seiscientos y menores sete cientos veinte pesos anuales; Clase D77: Los con sueldo no menores de quinientos cuarenta y me nores de seiscientos pesos, anuales; Clase E: Los con sueiuo no menores de cuatrocientos ochenta y menores de quinientos cuarenta pesos, anuales; Clase fF: Los que se retribuyen con menos de cuatrocientos ochen ta pesos, anuales. Art. 76.Adems del personal que esta Ley dispone para las Oficinas de las 'Secretaras del Despacho, habr los funcionarios y dems personal que las leyes y reglamentos vigentes requieran, para el despacho de los negocios en todas las dependencias de las Secretaras y oficinas independientes. TITULO III JURISDICCIN Y ORGANIZACIN INTERIOR DE LAS SECRETARAS DEL DESPACHO CAPITULO I Secretara de Estado. seccin i Del Secretario de Estado. Art. 77.El Secretario de Estado tendr los deberes y desempear las funciones que le seale y confe el Presidente de la Repblica, relativo las relaciones exteriores, con inclu sin de la correspondencia diplomtica y consular, comisiones que se confieran instrucciones que se dirijan los Agentes Di plomticos y Consulares de Cuba, negociaciones correspon dencia con los Agentes Diplomticos y Consulares acreditados en Cuba, las reclamaciones solicitudes que formularen stos otros extranjeros, y todos los dems asuntos de la misma n dole que el Presidente de la Repblica asigne la Secretara. Adems de los conocimientos indispensables de Derecho Internacional, la persona que desempee la Secretara de Estado debe conocer tambin