LA LEY VE NACIONALIVAV EN ISRAEL 113 dencia en Israel y el nacimiento en dicho pas, no requieren un acto voluntario del interesado. La ley se aplica en las eventualidades por ella contempladas, sin expresin de vo luntad del beneficiado ni acto discrecional del Estado. No ocurre lo mismo con la naturalizacin, pues a la reunin de los requisitos legales, debe agregar la voluntad del peticio nante y la decisin de los rganos estatales. De la adquisicin de la nacionalidad por residencia en Israel se ocupa la seccin 39 de la ley. Los ciudadanos pales- tinenses al 14 de mayo de 1948 y los que no adquieren la nacionalidad por el retorno, pueden adquirirla por la resi dencia. En sta es la residencia misma, en vez de las carac tersticas etnogrficas del interesado, la que determina la nacionalidad. Lo son, segn la seccin 39, (a) Una persona que, antes del establecimiento del Estado, era ciudadano de Palestina, y que no se hace ciudadano de Israel con arreglo a la Sec cin 2, llegar a ser ciudadano de Israel con efecto desde la fecha del establecimiento del estado, si: 1) fuera regis trado el 4 de Adar de 5712 (l9 de marzo de 1952) como habitante de conformidad con la Ordenanza de Registro de Habitantes, 5709-1949, y 2) fuera habitante de Israel en la' fecha de entrada en vigencia de la presente ley; y 3) estu viera en Israel, o en una zona que se hizo territorio israel despus del establecimiento del Estado, desde la fecha del establecimiento del Estado hasta la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, o entrara en Israel en forma legal du rante tal perodo. (b) Una persona nacida despus del establecimiento del Estado que fuera habitante de Israel en la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, y cuyo padre o madre se hiciera ciudadano israel con arreglo a la subseccin (a), ser ciu dadano de Israel con efecto desde la fecha de nacimiento. La ley, si bien habla de nacionalidad por residencia en Israel, se refiere al habitante y como segn la Seccin 14, ine. c), un habitante de Israel que residiera en el ex tranjero ser, para los efectos de la presente ley, considerado como habitante de Israel, mientras no se haya establecido en el extranjero, entendemos que dentro de nuestra termi-