Julio 17 L E P. 32 1918 Servicio Diplom Atico y Consular; creando las Legaciones de Nicaragua y Jap6n*; clevando la categorfa de la Legaci6n en China; concediendo un er4dito de 3 mil. pesos, para gastos y disponiendo que los funcionarios aseendidos o trasladados seguirhn cobrando sus sueldos por Jos cargos que desempefiaban ................ 965 G- 19 33 1918 Exenci6n de Derechos Arancelarios; declarando libre de dichos derechos la importaci6n de la estatjja de Marta Abreus, que se erigiri en la Ciudad de Sta. Clara 967 G- 19 322