Julio 2 LEYES DE CUBA 0 .9 1913 Orgfrnica del Poder Judicial; derogando la Ley de 11 de Junio de 1909, en cuanto modifica los arts. 24 y 25; derogando la Ley de 15 de Julio de 1910, relativa a creaci6n de ]a Sala de lo Contencioso; modificando los arts. de la Ley Orginica del Poder Judicial 24, 25 y 222; amnpliando el art. 321, de la Ley d e Enjuiciamniento Civil y inodificando el 322, asi como creando plazas de Magistrados...................................... 197 G- 5 10 1913 Hospital Civil, Guant~namo, Bienes del Estado; concediendo un cr6dito de 65 mil pesos, para construcci6n de su edificlo ......... ........................... 241 G- 7 11 1914 Capitolio y Palacio Presidencial, Bienes del Estado; derogando las Leyes de 22 de Julio de 1910 y de 28 de Febrero de 1914; y concediendo un cr6dito de 1 mi]16n 400 mil pesos, para construccifn del edificio para Capitolio.................... I..................... 330 G-. 7 12 1914 Academia Nacional de Artes y Letras y Academia de la, Historia; reconoci~ndoles carhcter Oficial, franquicia postal, aduanal, y concediendo un cr~dito de 2 mil pesos, paa instalaci6n. y otros gastes .............. 330 G- 7 13 195Secret aria de Comunicaciones; creando diema Secretaria, modificando los arts. 32 y 33, de la Ley Orginica del Poder Ejecutivo, asf como tambi6n creando ]a caja de ahorros y Ia tarjeta postal con respuesta .......... 225 G- 3 14 1925 Secretario Particular del Secretarlo de Comunicaciones y Secci6n de Radiotelefonia; creando dicho cargo y Secci6n, y modificando el art. 33 de la Ley Or*ginica del Poder Ejecutivo.......................... 227 G- 3 278