LEYES DE CUBA Enero 4 ce *0 bi 1908 Cacetas y Bisculas para la Aduana de la Habana, Bienes del Estado; concediendo un cr6dito de 4 mil 450 pesos, 52 cts. para construcci6n y colocaci6n. D. L. *niim. 10 ........................................ 119 G- 6 2 1908 Arancel de Aduanas; modificando la partida 10 del grupo 5, clase D~ de dichos aranceles. D. L. nfim. 11. .... 119 G- 6 3 1908 Reparaciones, Ampliaciones y Mejoras, Bienes del Estado; concediendo un cr6dito de 100 mil pesos, para dichas obras. D. L. nlim. 12 .................120 G- 6 . . . . 3