menos de, 3 dias de antelaci,* a la wsi6n en la que deberan exponer cuanto con8ideren necesario para la as correct. soluc*6n del conflict, asi como contester cuantas questions les sean planteadas sobre el mismo. Vigesmia Cuarta: Terminado' el Expedien'te se'procederA por, la Secretaria a dar cuenta a la Comision, en la f orma dispuesta en la .Regla Dekima rrimera.. Vigesm-a Quinta: Las Resolu"ciones que dicte la Comisio'n Nacional de Arbitraj n tificaran'a las parties y a cuantos organisms, deban eonocerla en el. ermino de 5 dias y serfin firms vna vez decurs.ado este-sin qn'' contra ellas a interponerse recurso a"lguno'en' lo administrat'VO, ni en la -*udicial. Rilla. Guerra Carmenates z!;ecretario de" la Comisi 0' 11 National de-Arbitraje. Cer'tifico: Quola, Comision Nacional de Arbitraj Q con fecha .31 de octubr-e de 19-62 acord6'la' proiiiulgacion d-e las Reglas de Procedimiento para'las Comisiones de Arbitraje que se expresan, anteriormente, y para su publication en la Gaceta Oficial de la Re pfiblica, expido la presented en La Habana, a-los ocho dias del mes de noviembre de mil novecient,09., sesenta.'y do& Dra. Rina Guerra Carmenates, 'Secretario de la Comision Nacional de Arbitraje.