Artlaulo 22.-Se, eotisiderarhn motives de baja de la Segt ridad- Social', las causes de extincion que enumera la Ley de ]a material. En estos casos, I inmediatamente que una OfIcina de Pago conozea que un beneficiaries, de la Seguridad Social se encuentre dentrodel,-,una de dichas causales,,,t-rauiitar'a-su baja delacuerdo con el procedimilento que Banco establezea a estos efectos-. Arh cuto 23.- Al pro ducirse"la baja ,' el tenedor de la'_Tarjeta-del,'Be neficiario la devolver'a. i*n-mediatamente a1a Oficina-de Pago''donde cobrara'-sas pres-, taciones y e'sta ., a su vez, la remitird al Departamento de Ingresos I y Pagos del- Gobierno Central del Banco, de acuerdo con las instrucciones que, se dlicten a'ta.1 effect. Articulo 24.-.El Vicepresidente de AdministraCio'n, queda facul'tado para dictar las instructions que 'fueren necesalrias para el mejor, cumplimiento de lo" dispuesto en la'presente. DISPOSITION, TRANSITORIA Las autorizaIciones para Cobro, asl como los. Pode I res Notaridles,' vigentes en. diciembre de 19621 tendran I validez. hasta 'el 30 de abril de '1963.. Comuniquese:, Al. Ministry del Trabajo y a los, Jeofes Superiores de los Or'ganisnios a -,-ue intereseV asi como a los Departamentos de Ingresos: y Pagos- y Auditorl'a y Control;'circu'lese a los, demas centers 247