se presented por primer vez, se le exigira ideiltificacio"11 plena.. 2) SI' el'que 'se presentAse. fnes p persona autorizada o Ap''derado del beneficidrio, debera identificar'se plename nte y, ademAs,'exhibir'la autorizacio'n para cobro o,, en su, defecto, el' Poder Notarial referido en el Articulo- 8'de- esta Resolucion. 3) El emple'ad'o ''o funcioinario designado, al effect, recogera, la Iirma del benef iciario 0, en su caso, del''Apo'derado,, en la Tarjeta deControl de Virmas y, en, la Tarjeta del Be-neficiario,' de'sprendiendo''. es'fa 'ltima y' haciendo- entr'e"ga de la misma al interesado. Una vez' 'cumplim ntado el reqnisito anterior, se p'r-cedera a entregarle el imported de la prestaci'n mediate firma del recibo, correspondent. 4) "Las 'tarjetas de Control de Firmas se archivaran en la Oficina de Pago por orde'n numeric consecutive. 5) Una vez efectuado -I pago, las 'Agelicias Bailcarias Y, !as- 0 cinas habilitadas, procederan deacuerdo con las instruc'ciones qAe..al effect se dicten. 6),Cuando, un beneficiaries d.e la Seguridad Social Ammbie definitivamente de domicilio, solicitard por escrito .1a.Of*cina de Pago donde habitualmente cobra- que le situen sus prestaciones A en la Oficina de Pago mas cereana -a su nuevo, 245