Retires, Jubilaciones, Pensiones y Sepros, Seguros Sociales Baj'*o' la Jurisdiction del Mi* sterib del Trabajo'. -Prestaciones. Pago en Efectivo. Proceed ento. RESOLUTION, NUM. -2902, DE 21 DE'DICIEMBRE DE 1062, (G. 0. No. 24-9. del 261) Por- cudnto: La Ley n *'Mero 1-077 de' 6 de diciembre de 1962, atribuye al Ministro Presidente del-BancoNacional de Cuba la facultad, de dictar los reglamentos, instrucciones y resoluciones que resulted -necesarios para la, mejor interpretation de''la misma. Por tanto: En.uso del ejercicio'de'las atribtic-iones conferidas Reswelvo: I., DEL PAGO Y SU PERIODICIDAD A r t I'c u I o 1.-Sera en, efectivo el- pago de las. prestaciones a 4eneficiarios de la Seguridad: Social, ya sean temporaries o vitalicias. Arttcuto 2.-A los ofectos del art'*culo,. anterior en el mes de diciembre de' cada aflo, se entregara' al beneficiaries -o a su I representative, legal, una tarjeta denominar' "Tar*eta del Beneficiar4o" y que solo servira para identified ar, al, primer ante la: Agencia Banearia u'Oficina de'-Pago hab'litada' donde se encuentre inscripto. ' 239