las empress (4errar su contabilidad el'dia .31 de diciembre del corr"iente a'o. Noveno Los saldos. de las cuentas, a cobra y a pagar, correspondents, a anhos anteriores, se analizaran y mostraran en'la oportunidad de la presenta-, ci.0"n de los, estados f inancieros, en el a-nexo cores ,pondiente, en la siguiente, forma: a) Hasta el 31 de. diciembre de, 1961. b) Del ano. 19,62. Deciinv: A partirdel -Primero de enero de 1963, las empress denominadas Central de Equipos y Nacio-. nal de Construcciones, dependientes del Minis.terio de Obras Publicas, operaran de conformidad con las pre senses, disposiciones. Disposiciones Finales Onceno: Sederogan los siguientes parrafos y apartados, del Decreto n"m.ero 36 de diciembre de 1961: El primer p'rraf'o del apartado primer y los apartados, noveno, de,cimo unde'eimo, duode'cimo, de'eimo tercero y de'eimo cuarto,. Duode"cim'o: Las dispos'iciones contenidas en el presente Decreto regiran a partir de su publicaci'n en la "Gaceta Oficial" de la RepAblica. Comuniques!e el-presente Decreto a los Organismos y Oficinas que deban conocer del mismo y publiquese en la "Gaceta Oficial" de. la RepAblica.