Por tanto: En uso de las facultades que me estfin conferidas, Resuelvo Dictar las siguientes Normal Complementarias del Decreto 36 de, 1961 Primero: Las disponibilidades de condos. para gast6s de operations del primer trimester del ano, 1963, se autorizaran porel Ministerio de Hacienda con caprovisional, sobre labase de las cifras de control de la Junta Central de Planificaci'n y hasta tanto se aprueben los planes econonucos y las normal financiers de aplicaclo"n al aho 1963, cuando seran ajustada.s, de acuerdo con los, l'mites impuestos p6r las cifras definitivas. Segun'do: Las disponibilidades a que se refiere el Apartado anterior, se aprobaran en dos foIndos: fondo de salario y fondo do- gastos; a cuyo effect el Banco' National de Cub& situara los condos, en dos cuentas de operations, denominadas, euenta de salaries y cuenta de gastos. Tercero: Durante el ano 1963 operara la Reserva Financier a'que s6 refiere el Apartado 6 del Decreto numero 36 de 1961. Cuarto: Las empress presentarfin los estados, financierQs c.onsol'dados de la ejecuci'n de. las unidades que no se incluyan en los planes de 19,63, independientemente de las unidades inclui 0 das en dicho plan 132