vando las actuaciones al Departamento de Ingresos de la Direccio"n Provincial de Hacienda, el que confeecionard' el proyeeto de Resolucion sometlendolo a la consideracio"n del Director Provincial, quien resolvera en definitive. 3) Si la resolution que se diete fuere favorable se le not-ificara aI interesado. por medio del Departamento Municipal de Ingresos de s.-u domicilio v se le comunica'ra al Banco Nacional de Cuba, por conduct -del Departamento de Ingresos y Pagos y al Departamento de Presupuestos de la Direccio"n Provincial de Hacienda. Tercero: Las devoluciones a que se refieren los Apartados Primero y Segundo de esta Resolucio'n Se efectuaran con cargo a la, Cuenta de Ingresos del Presupuesto Provincial. Mensualmente, el Director Provi ncial de Hacienda informara" a la Direccio'n de Presupuestos de este Ministerio, las cantidades pagadas durante ese period por estos concepts, a fin de que le sean reintegradas por el Presupuesto Central. Cuarto: Conformar las Resoluciones dietadas hasta la fecha de publicaci'n de la presented por los Ministerios de Comercio Exterior y Relaciones Exteriores en material, de ingress, indebidos. En tal virtue el Banco Nacional de Cuba cumplimentara las devoluciones dispuestas por los, referidos Ministerios sin perjuicio de lo dispuesto en el Apartado Segundo de esta Resolucion para las reclamaciones que se presented en el future. 109