naciones. de -cre'ditos que se efectu'6n entre different epigrafes del Presupuesto Central. Por cuanto: El Ministerio de Educacio"n ha inte. resado una reasignacio"n & credits en su Presupuesto vigente para 1962 a la cual es procedente acceder, Por tanto: En uso de las facultades que le estan conferidas, el Consejo de Ministros' resuelve dictar la siguiente LEY No. 1074 Articulo I.-Se dispose la siguiente reasignaciO'D. de cr'ditos en el Presupuesto del Ministerio de Educacim vigente para el an'o 1962: DE: Seccion Capituto Parrafo Epligrafe Importe 11 24 003 XII $ 60.000 A: 11 20 017 x1i 60.000 Articulo .2.-El program de ejecuci'n del Presu'puesto del Organismo a lque se refiere el Articulo anterior se ajustara a lo dispuesto en la presented Ley'. Ar-ticulo 3.-Se derogan cuantas disposiciones. legales y reglamentarias se opongan al cumplimiento de lo.,dispuesto en la presented Ley, la que comenzara a regir a partir de su publicacio"n en la "Gaceta Ofi.cial" de la Repu"blica. Por tanto: Manda. que se cumpla, y execute la. presente Ley en. todas sus part's. 42