blecida, en el Articulo 4 de 1a, Ley de Presupuesto de la Nacion de fecha 5 de enera de 1962. Articulo 2.-Se derogan-cuantas disposiciones legales y reigglamenatrias se opongan a lo dispuesto por medio de la presented Ley, la que comenzara a regir a partit de su public*acio'n en IA "Gac.eta Oficial" de Ia Republica. Por tanto: Mando que se cumpla y execute la pre.sente Ley en-todas sus parties. LEY NUM. 1071 DE 26 DE NOVIEMBRE DE 1962 (G. 0. No. 232,: del 29) INSTITUTE NATIONAL DE AHORRO Y VrVIENDA, AUNISTEFJO DE SALUD PUBIACA. Direcciones Provinciales de La Habana y Oriente-Norte. Reasignaciones de Credits. Por cuanto: La Ley de "Presupuesto de la Naci'n, de fecha 5 de -enero de 1962, dispose que correspond, -.; al Consejo de Ministros la aprobacion de las reasignaciones de creditors que se ef ectu'en entre different epigrafes del Presupuesto Central, asi como las que se produzean entre distintos Titulos del Presupi-,lesto o distintos organisms pfiblicos, ya sean e"stos centrales, provincials o municipals. 25