330 CUADERNO DE CULTURAL Dos veces habia regido en Cuba la Constitu- ci6n de 1812. En 1820 neg6se Cagigal a estable- cerla, so pretexto de que no tenia conocimiento oficial de los acontecimientos ni podia darse por seguro que esa vez se extendiese a la Isla la mis- ma forma de gobie.rno de la Metr6poli; mas no le fu6 posible sostener su resoluci6n de no intro- ducir mudanza alguna en la gobernaci6n hasta que recibiese instrucciones oficiales: entre el oleaje de un espantoso tumulto, l1enindole de dicterios y adn amagdndole con pufiales, oblig6- se al anciano y achacoso general a jurar la Cons- tituci6n el dia 16-de abril. No hubo ahora resis- tencias que veneer, y el general Lorenzo, como el conde de Torrepando en Puerto Rico, cumpli6. el real decreto de 13 de agosto de 1836, estable- ciendo en el Departamento de su mando el r6- gimen constitucional. El mismo dia 29 de sep- tiembre el general Lorenzo, por extraordinario, manifesto al general Tac6n el cambio realizado en las instituciones, en cumplimiento de los de- seos expresados por la Reina en el real decreto de 13 de agosto. Pezuela asegura que el 7 de octubre ya sabia Tac6n los acontecimientos del 29 de septiembre; sin embargo, el dia 8 se limi- ta a contestar la comunicaci6n que Lorenzo le hizo el 15 de septiembre del pronunciamiento de Mdlaga y de la circular dirigida a los tenientes de gobernadores del Departamento. Toda la po- litica de Tac6n se desenvolvia por los resortes