ECONOMIC Y CIVISMO 125 Por lo que a nuestro pais atafie, no creemos que la moneda que se acufie en M6xico por el sis- tema que en definitiva se adopte, est6 destinada a desempefiar otras funciones que las de los me- tales preciosos, sujetos -cual las demais mercan- cias- a las fluctuaciones que determine en su precio las necesidades de los mercados cubanos. Basada, como lo esta de hecho, la circulaci6n de Cuba en la moneda de oro, desde que en 1841 se recogieron las pesetas sevillanas, las monedas de plata de M6xico y de los Estados Unidos de Am- rica tienen un curso muy restringido, que se sos- tiene por la falta de sistema propio. Prestase, sin duda, la cuesti6n que hemos exa- minado, a mas amplios desenvolvimientos; pero ellos obligarian a quien tal empefio acometiese a esfuerzos ingentes que invertirian tiempo dilata- no habia de exceder de 6 pesetas por habitante, ni de 2 pesetas la cantidad de monedas de bronce. Sin embargo, otro Ministro, don Pedro Salaverria, "no alcan- z6 la raz6n que, contra la regla observada en todos los tiempos en el Tesoro, de ajustar en lo posible la admisi6n de la mone- da de calderilla a su aplicaci6n en los pagos, hiciera dictar la contenida en el expresado articulo 59, y en consecuencia, por real decreto de 21 de mayo de 1875 se derog6 la previsora medida adoptada en 1868. Que los Ministros de Hacienda de Espafia no han sabido re- sistir a los estimulos de un ficil lucro, contenidndose en los limites marcados a la fabricaci6n de las monedas de plata de 835 mil6simas y de las de bronce, se patentiza por las cifras publicadas por don Servando Ruiz G6mez, en su opisculo La cuesti6n monetaria, Madrid, 1886. Desde 1868-69 hasta 1884-85 se acuiaron 184,073,262,50 pesetas en monedas de plata de 835 mil6simas y 57,199,652,81 en monedas de bronce!