ECONOMIC Y CIVISMo 121 neda de plata cuando se acentuase la depreciaci6n de este metal; legando asi a un estado de co- sas semejante al que hace once afios existe en los paises de la Uni6n Latina, donde, a virtud del convenio de 5 de noviembre de 1878, ces6 desde el 19 de enero de 1880 la acufiaci6n de las piezas de plata de cinco francos. Y aqui parece que no estard de mds recordar que la relaci6n de 1 a 15.50 representa un precio de 60.83 peniques por onza de plata standard en el mercado de Londres, precio a que nunca ha subido en los tl- timos dieciocho afios. Si el Congreso mexicano se decide a adoptar una alteraci6n tan radical como la contenida en el Proyecto de ley, y opina que la modificaci6n del tipo del peso de plata no ha de entorpecer el curso de esa moneda en los mercados de Asia, no concebimos qu6 obsticulo podria haber para entrar mis resueltamente en el camino de la re-, forma, segiin lo ha hecho el Congreso de la Re- ptiblica Argentina dictando la citada ley de 5 de noviembre de 1881, que es una racional adap- taci6n del sistema monetario de la Uni6n Latina. De esta suerte, no solamente se conseguiria es- tablecer la relaci6n de 1 a 15.50 en los metales acufiados -que en el Proyecto de ley se persi- gue- sino que se contribuiria a extender con las variantes que se considerasen necesarias- un sistema que rige en Francia, B61gica, Suiza, Ita-