120 CUADERNO DE CULTURA raz6n para sostener que si la unidad monetaria ha de ser el peso de plata definido en el articulo 2Q del Proyecto, no deja de ser tambidn unidad monetaria -y por cierto de mayor valor econ6d- mico- el peso de oro equivalente a 1.7524 gra- mos a la ley de 0.900, por mds que en el Proyec- to no figura la pieza de oro de un peso? El Con- greso de la Repfiblica Argentina no c.rey6 con- veniente decretar que se acufiasen otras piezas de 0.ro que el argentino y el medio argentino; mas no por eso dej6 de establecer, en el articulo 19 de la ley de 5 de noviembre de 1881, que la unidad monetaria de la Repfiblica seria el peso de oro o plata. Segfin el Pyoyecto que examina- mos, s6lo se acufiaran piezas de oro de 20, 10 y 5 pesos; es decir, miltiplos de la undad que, como ya hemos indicado, es el valor de 1.7524 gramos de nueve d6cimos de fino. Sin embargo, sea cual fuere la importancia que se conceda a estos argumentos, para nosotros tie- ne toda la fuerza de un teorema, demostrado por secular experiencia, la ley econ6mica que obliga las mercancias a buscar el mercado donde alcan- zan mayor potencia en el cambio; y si en esto caso se encuentra la moneda de oro mexicana, cuando la relaci6n es de 1 a 16.50 con mayor ra- z6n habria de desaparecer de la circulaci6n el dia en que la relaci6n fuese de 1 a 15.50, a me- nos que el Gobierno de la Repiiblica estuviese facultado para suspender la acuhiaci6n de, la mo-