ECONOMIA Y CIVISMO 85 ta, en un pais tan habituado a toda suerte de contrabando, desde el momento en que el pibli- co admitia la peseta sevillana equipar andola en valor nominal a la peseta columnaria. Surgi6 de este error un peso sencillo que se componia de cuatro pesetas sevillanas; moneda imaginaria, pues no existia pieza que lo representase. La con- secuencia inmediata de no establecer distinci6n entre el peso sencillo y el peso fuerte, cuando en realidad se necesitaban 125 pesos sencillos para formar 100 pesos columnarios, fu6 la desapari- ci6n total de 6stos, y, en no pequefia parte, de las piezas de plata de columnas, inferiores al pe- so fuerte. La onza de oro, que en Espafia tenia un valor legal de 16 pesos u 80 pesetas de plata provin- cial, lo que significaba una relaci6n de 1 a 16.40 entre ambos metales acufiados, lleg6 a cambiarse en La Habana por 68 pesetas sevillanas, o sea una raz6n de 1 a 13.94 entre el oro y la plata amonedados. El 25 por ciento de beneficio que se lograba al traer de la Metr6poli pesetas sevillanas que se cambiasen por moneda de plata columnaria, y el 15 por ciento de utilidades que se realizaba en la permuta de las pesetas provinciales por la on- za de oro, dieron pdbulo al espiritu de especu- laci6n que se aprovech6 de un error popular alen- tado torpemente por el Gobierno de la Isla.